ALVI SUPERMERCADOS MAYORISTAS S.A. 96.618.540-6
Fecha de publicación | 09 Abril 2021 |
Número de registro | CVE-1924661 |
Sección | Empresas y Cooperativas |
Número de Gaceta | 42.925 |
CVE 1924661 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 42.925 | Viernes 9 de Abril de 2021 | Página 1 de 1
Empresas y Cooperativas
CVE 1924661
EXTRACTO
ALVARO DAVID GONZÁLEZ SALINAS, abogado y Notario Público, Titular de la
Notaría número 42 de Santiago, domiciliado en calle Agustinas número mil setenta, segundo
piso, comuna de Santiago, certifica: que con fecha 01 de marzo de 2021, ante mí, se redujo a
escritura pública el Acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de ALVI
SUPERMERCADOS MAYORISTAS S.A., celebrada ante mí, con esa misma fecha, en la cual
se acordó modificar los estatutos de la Sociedad en el sentido de ampliar el objeto social. En
consecuencia se sustituye el Artículo Segundo de los Estatutos por el siguiente: “Artículo
Segundo: La actividad comercial en sus más amplias y variadas formas o modalidades, en
especial, la compraventa, importación, exportación, distribución y comercialización de toda clase
de bienes, por cuenta propia o ajena, la representación de empresas nacionales o extranjeras, y
demás actividades relacionadas que los accionistas acuerden; especialmente, la sociedad dedicará
su actividad a la explotación del rubro de Supermercados de venta al por mayor y/o menor; la
distribución y comercialización de productos lácteos, cecinas, abarrotes, confites, artículos de
aseo y en general de toda clase de productos alimenticios de consumo masivo, al por mayor y/o
menor; la distribución y comercialización de licores y bebidas alcohólicas, al por mayor y/o
menor; y la distribución y comercialización de materiales de construcción y similares.- Todas las
operaciones que sean natural antecedente o consecuencia de las anteriores.- Podrá participar en
otra u otras empresas, sea cual fuere la forma jurídica que revistan o la nacionalidad que
ostenten. Asimismo, podrá realizar actividades de promoción, distribución y comercialización de
tarjetas de crédito, programas de concursos, campañas promocionales y en general de toda clase
de productos o servicios; y de todo tipo de operaciones de recaudación, pago, entrega de dinero o
transferencia de dineros por si o por cuenta de terceros.”. Demás estipulaciones constan en
escritura extractada. Alvaro González Salinas. Notario Público. Santiago, 15 de marzo de 2021.
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