Decisión nº C56-15, de Consejo de Transparencia de 31 de Marzo de 2015
Fecha de Resolución | 31 de Marzo de 2015 |
Tipo | Documentos Oficiales |
Materia | Funciones y Actividades Propias del órgano |
Tema | Municipalidades, Otros, especificar |
DECISIÓN RECLAMO ROL C56-15
Entidad pública: Municipalidad de Qulicura
Requirente: Alvaro Inostroza Alxes
Ingreso Consejo: 08.01.2015
En sesión ordinaria N° 606 del Consejo Directivo, celebrada el 31 de marzo de 2015, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto reclamo por infracción a las normas de transparencia activa Rol C56-15.
Los artículos 5°, inciso 2°, 8° y 19 N° 12 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia, y la Instrucción General N° 11, de este Consejo, sobre Transparencia Activa.
1) RECLAMO POR INFRACCIÓN A LAS NORMAS DE TRANSPARENCIA ACTIVA: El 8 de enero de 2014, don Álvaro Inostroza Alxes presentó un reclamo por infracción a las normas de transparencia activa en contra de la Municipalidad de Quilicura, fundado en que la información relativa a los actos y resoluciones con efectos sobre terceros, no está disponible en forma permanente.
En particular, el reclamante señala que la municipalidad no dispone de los permisos de edificación, anteproyectos y recepciones finales de obra.
2) CERTIFICACIÓN DE LA PÁGINA WEB: El 22 de enero de 2015, la Dirección de Fiscalización del Consejo para la Transparencia, revisó íntegramente la información de transparencia activa en el banner del organismo reclamado, de manera de verificar el cumplimiento de las normas legales y reglamentarias aplicables y de la Instrucción General No 11 (IG N°11) que este Consejo ha impartido sobre la materia.
Dicho proceso concluyó en un informe que reveló que los niveles de cumplimiento de las...
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