Alexandre - Central de Logística Limitada - 2 de Noviembre de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 877677520

Alexandre - Central de Logística Limitada

Fecha de publicación02 Noviembre 2021
Número de registroCVE-2024577
SecciónPublicaciones Judiciales
Número de Gaceta43.092
CVE 2024577 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública III
SECCIÓN
JUICIOS DE QUIEBRA, MUERTES PRESUNTAS, CAMBIOS DE NOMBRE Y RES. VARIAS
Núm. 43.092 | Martes 2 de Noviembre de 2021 | Página 1 de 1
Publicaciones Judiciales
CVE 2024577
NOTIFICACIÓN
Ante el Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago, San Martín 950 piso 7, en
causa RIT: C-4302-2021; RUC: 20-4-0246672-4, caratulada “ALEXANDRE/CENTRAL DE
LOGISTICA LTDA” y con fecha 5 de octubre de 2021, se ha ordenado notificar a la demandada
de autos CENTRAL LOGÍSTICA, RUT: 76.280.543-K, representado legalmente por doña Paula
Ugalde Ovalle, la presente resolución, conjuntamente con la liquidación del crédito de fecha 2 de
octubre del año en curso. Requerimiento de Pago: “Santiago, cinco de octubre de dos mil
veintiuno. Requiérase a doña Paula Andrea Ugalde Ovalle, en representación de Central de
Logistica Ltda., para que dentro del plazo de cinco días establecido en el artículo 466 del Código
del Trabajo, pague a don Chatel Alexandre, o a quién sus derechos represente, la suma de
$13.242.327 (trece millones doscientos cuarenta y dos mil trescientos veintisiete pesos), más
reajustes, intereses y costas. La liquidación del crédito deberá notificarse por Carta certificada a
la demandante, la que se tendrá por aprobada si en el plazo de cinco días no fuere objetada en los
términos que dispone el artículo 469 del Código del Trabajo. Asimismo, junto con la liquidación
se notificará el requerimiento al demandado, quién tendrá el plazo de cinco días para oponer las
excepciones de conformidad a lo previsto en el artículo 470 del Código del Trabajo. En virtud de
los principios de celeridad y de oficialidad, consagrados en el artículo 425 del Código del
Trabajo, en relación al artículo 465 del mismo cuerpo legal, se decretan las siguientes
diligencias: 1) Ofíciese a la Tesorería General de la República para los efectos de proceder a la
retención a que se refiere el artículo 467 del Código del Trabajo, hasta por la suma de
$13.242.327 (trece millones doscientos cuarenta y dos mil trescientos veintisiete pesos). Sin
perjuicio de lo resuelto, conforme al mérito del proceso declarativo y verificándose los
presupuestos previstos en el Artículo 439 del Código del Trabajo, se ordena notificar a la
ejecutada Central Logística, RUT: 76.280.543-K, representado legalmente por doña Paula
Ugalde Ovalle, RUT: 10.031.710-9, la presente resolución y la liquidación del crédito
conjuntamente, mediante publicación de un aviso en el Diario Oficial, y de acuerdo a un extracto
que redacte el ministro de fe del Tribunal. RIT: C-4302-2021. RUC: 20-4-0246672-4 Proveyó
don(a) Ramón Danilo Barria Cárcamo, Juez Titular del Juzgado de Cobranza Laboral y
Previsional de Santiago. En Santiago a cinco de octubre de dos mil veintiuno, se notificó por el
estado diario la resolución precedente.” Liquidación: Practicada por el Tribunal con fecha 2 de
octubre del año en curso y que arroja la suma de $13.242.327. Santiago, seis de octubre de dos
mil veintiuno. RIT: C-4302-2021 RUC: 20-4-0246672-4 Paola Milagros Guerra Quijada Jefe de
Unidad de Causas y Liquidaciones.

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