Decisión nº C2254-15, de Consejo de Transparencia de 17 de Noviembre de 2015
Fecha de Resolución | 17 de Noviembre de 2015 |
Tipo | Documentos Oficiales |
Materia | Funciones y Actividades Propias del órgano |
Tema | Grupos de interés especial |
DECISIÓN AMPARO ROL C2254-15
Entidad pública: Servicio de Registro Civil e Identificación
Requirente: Alex Díaz Loayza
Ingreso Consejo: 21.09.2015
En sesión ordinaria N° 663 del Consejo Directivo, celebrada el 17 de noviembre de 2015, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C2254-15.
VISTO:
Los artículos 5°, inciso 2°, 8° y 19 N° 12 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.
TENIENDO PRESENTE:
1) SOLICITUD DE ACCESO: El 10 de septiembre de 2015, don Alex Díaz solicitó al Servicio de Registro Civil e Identificación el "listado de personas fallecidas durante los años 2010, 2011, 2012, 2013 y 2014, con indicación de su nombre y RUN, en formato Excel."
2) RESPUESTA: El 15 de septiembre de 2015, el Servicio de Registro Civil e Identificación respondió a dicho requerimiento de información mediante Carta R.C.T. N° 6116, señalando, en síntesis, que denegaba el acceso a la información fundado en la causal de reserva del artículo 21 N° 2 de la Ley de Transparencia. Cita al efecto decisiones de este Consejo, y concluye que los datos pedidos están fuera de la órbita de aplicación de la Ley de Transparencia, toda vez que se trata de un dato personal, conforme a la ley N° 19.628.
3) AMPARO: El 21 de septiembre de 2015, don Alex Díaz Loayza dedujo amparo a su derecho de acceso a la información en contra del señalado órgano de la Administración del Estado, fundado...
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