Decisión nº C2031-15, de Consejo de Transparencia de 6 de Noviembre de 2015 - Doctrina Administrativa - VLEX 633108237

Decisión nº C2031-15, de Consejo de Transparencia de 6 de Noviembre de 2015

Fecha de Resolución 6 de Noviembre de 2015
TipoDocumentos Oficiales
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano
TemaIndustria (Productividad)

DECISIÓN AMPARO ROL C2031-15

Entidad pública: Servicio de Cooperación Técnica (SERCOTEC)

Requirente: Alejandro Riquelme Ducci

Ingreso Consejo: 28.08.2015

En sesión ordinaria N° 660 del Consejo Directivo, celebrada el 6 de noviembre de 2015, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C2031-15.

VISTOS:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 2 de julio de 2015, don Alejandro Riquelme Ducci efectuó las siguientes solicitudes de información al Servicio de Cooperación Técnica, en adelante e indistintamente, SERCOTEC:

a) "Se solicita copia electrónica copia (sic) de todos los documentos respaldatorios, actos administrativos, decretos, pronunciamientos, consultas, cartas, solicitudes, memos, evaluaciones, emails, etc. y cualquier otro documento que haya sido sustento o complemento directo o esencial de las siguientes licitaciones adjudicadas a la empresa Consultora Paola Andrea Martínez Negrón EIRL, 76.619.000-6:

i) 869-6-LP15 difusión, evaluación y asistencia técnica

ii) 869-28-LP14 asistencia técnica de supervivencia marítima

iii) 869-12-LP13 consultoría de evaluación, selección y asesoría

iv) 869-31-L112 servicio de asesoría jurídica

v) 841-17-L111 consultoría jurídica

vi) 869-14-LE11 consultoría asesora jurídica E.I.R.L.

vii) 1221-10-LE11 asesorías y servicios empresariales

viii) 1221-1-LE10 góndolas de servicio

ix) 869-3-LE10 implementación del servicio de asesoría jurídica E.I.R.L.

x) 1221-22-LE09 concurso fondo de igualdad de oportunidades - FIO, región de Los Ríos

xi) 841-20-LE09 evaluación planes de negocios del concurso capital semilla

xii) 1221-4-LE09 implementación del servicio de asesoría jurídica (E.I.R.L.) SERCOTEC Los Ríos

xiii) 869-16-LE09 implementación del servicio de asesoría jurídica E.I.R.L.., en especial,

xiv) oferta técnica íntegra y sus anexos presentados

xv) oferta administrativa íntegra y todos sus anexos presentados

xvi) copia del ingreso físico en libro foliado de oficina de partes de la repartición correspondiente de las garantías de las licitaciones adjudicadas o la garantía electrónica, adjuntada en el portal según corresponda o haya sido exigido de acuerdo a bases de licitación,

xvii) garantía de seriedad de oferta según corresponda,

xviii) garantía de seriedad de ejecución de contrato,

xix) garantías entregadas por adelantos de dineros entregados al adjudicado,

xx) copia de contratos suscritos,

xxi) copia de informes de avance con todos sus anexos,

xxii) copia de informe final con todos sus anexos,

xxiii) y en general cualquier otro documento que haya sido sustento o complemento directo o esencial a las licitaciones emncionadas (sic) y adjudicadas a la empresa Consultora Paola Andrea Martínez Negrón E.I.R.L., 76.619.000-6.

Esta solicitud se base en que:

La Ley N° 20.285 sobre transparencia y acceso a la información pública y en especial el artículo 11 bis dispone que son públicos los actos administrativos de los órganos de la administración del estado y los documentos que les sirvan de sustento o complemento directo o esencial, (Dictamen 29.549/00 de Contraloría General de la República de Chile).

Dictamen 49.415/05, de la Contraloría General de la República de Chile, señala que en virtud del nuevo artículo 8° de la Constitución, y atendidos los principios de supremacía constitucional y de vinculación directa de los preceptos constitucionales, "mientras no se dicte la ley de quórum calificado que establezca la reserva o secreto de determinados actos administrativos, los decretos y resoluciones emanados de ese Ministerio deben regirse por la regla general de publicidad contenida en el artículo 8° de la Constitución Política". Siendo ello así, la autoridad se encuentra obligada a proporcionar a los interesados copias de los actos que emita en ejercicio de sus potestades públicas, aún en el caso de aquellos sujetos a toma de razón cuyo trámite ante este órgano Fiscalizador se encuentre pendiente. Ello, por cuanto dicho control de juridicidad constituye una mera presunción de legalidad de los actos administrativos que no guarda relación con la existencia de la actuación administrativa de la cual emanan, ni con las causales que podrían motivar la reserva o secreto de los actos y resoluciones, sino que se establece como requisito de validez de los mismos, es decir, se relaciona con sus efectos y obligatoriedad. Por lo anterior, la circunstancia que se encuentre pendiente la toma de razón de un acto administrativo no enerva la posibilidad de que los interesados obtengan copias de él ni el deber de la autoridad de otorgarlas, lo cual debe entenderse sin perjuicio de que los interesados tengan conocimiento de que dicho documento carece de todo valor antes de que se encuentre totalmente tramitado por este Organismo Contralor, situación que podría consignarse en las referidas copias con la finalidad de permitir una mayor transparencia en las actuaciones de la Administración".

b) Se solicita copia electrónica copia de todos los documentos respaldatorios, actos administrativos, decretos, pronunciamientos, consultas, cartas, solicitudes, memos, evaluaciones, emails, etc. y cualquier otro documento que haya sido sustento o complemento directo o esencial de las siguientes licitaciones adjudicadas y desiertas llamadas a licitación a través del Portal de compras públicas mercadopublico.cl

i) 869-5-L115 cobranza judicial de garantías

ii) 869-4-LE15 servicio de atención integral, punto MIPE

iii) 869-2-L115 servicio de difusión de llamado a concurso público

iv) 869-1-LE15 campaña publicitaria y de difusión de productos del mar para el sector pesca artesanal región de Magallanes y Antártica chilena

v) 869-26-LE14 campaña publicitaria productos sector pesca

vi) 869-25-LE14 servicio de organización e implementación de la feria expo TIE 2014

vii) 869-24-LE14 estudio de evaluación de impacto capital semilla

viii) 869-23-L114 servicio de aseo para las dependencias de la dirección regional de SERCOTEC, Magallanes y antártica chilena.

ix) 869-22-L114 mantención vehículos dr SERCOTEC

x) 869-20-LE14 evaluación y acompañamiento capital abeja

xi) 869-18-LE14 profesional de apoyo al programa capital abeja

xii) 869-16-LE14 servicio de apoyo programa capital semilla 2014

xiii) 869-15-LE14 servicio de apoyo técnico financiero

xiv) 869-14-LE14 generación de redes comerciales

xv) 869-13-L114 servicio de cobranza judicial de garantías

xvi) 869-12-LE14 servicio de asesoría en gestión comercial

xvii) 869-11-L114 servicio profesional de apoyo IDM

xviii) 869-9-LE14 evaluación-acompañamiento capital semilla emprendimiento

xix) 869-8-LE14 evaluación-acompañamiento capital semilla empresa

xx) 869-6-LE14 curso "uso comercial de las redes sociales".

xxi) 869-4-LE14 servicio asistencia a postulación capital semilla

xxii) 869-2-LE14 apoyo para creación y fortalecimiento asociaciones

xxiii) 869-1-LE14 servicio de atención en punto...

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