Decisión nº C2171-17, de Consejo de Transparencia de 11 de Julio de 2017 - Doctrina Administrativa - VLEX 701065517

Decisión nº C2171-17, de Consejo de Transparencia de 11 de Julio de 2017

Fecha de Resolución11 de Julio de 2017
TipoDocumentos Oficiales
MateriaGestión de Personas
TemaSalud

DECISIÓN AMPARO ROL C2171-17

Entidad pública: Servicio de Salud Valparaíso - San Antonio.

Requirente: Alejandro Gepp Torres.

Ingreso Consejo: 24.06.2017.

En sesión ordinaria N° 814 de su Consejo Directivo, celebrada el 11 de julio de 2017, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C2171-17.

VISTO:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) Que, con fecha 21 de mayo de 2017, don Alejandro Gepp Torres realizó una presentación ante el Servicio de Salud Valparaíso - San Antonio, a través de la cual solicitó lo siguiente: "Necesito obtener la resolución del Servicio de Salud en que se entrega la asignación de estímulo de 180% del sueldo a los médicos psiquiatras adultos e infantojuveniles contratados por el servicio".

2) Que, con fecha 8 de junio de 2017, el Servicio de Salud Valparaíso - San Antonio respondió la solicitud y le indicó que las resoluciones están en tramitación, y que el Dr. Gepp no es parte de ellas, debido a que cuenta con 11 horas contratadas, requiriendo de al menos 22 horas semanales para percibir esta asignación.

3) Que, el 24 de junio de 2017, don Alejandro Gepp Torres dedujo amparo a su derecho de acceso a la información en contra de la Servicio de Salud Valparaíso - San Antonio, fundado en la denegación de la información solicitada, y en que la entregada no corresponde a la solicitada. Específicamente, señaló: "La respuesta dada por el director del servicio de salud es insatisfactoria en cuanto se me niega por tener "11...

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