Decisión nº C2042-15, de Consejo de Transparencia de 13 de Noviembre de 2015 - Doctrina Administrativa - VLEX 633108533

Decisión nº C2042-15, de Consejo de Transparencia de 13 de Noviembre de 2015

Fecha de Resolución13 de Noviembre de 2015

DECISIÓN AMPARO ROL C2042-15

Entidad pública: Municipalidad de Palmilla

Requirente: Alejandro Correa Celis.

Ingreso Consejo: 31.08.2015

En sesión ordinaria N° 662 del Consejo Directivo, celebrada el 13 de noviembre de 2015, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante e indistintamente, el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información, rol C2042-15.

VISTO:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 5 de agosto de 2015, don Alejandro Correa Celis solicitó a la Municipalidad de Palmilla, en adelante e indistintamente, el Municipio o la Municipalidad, la siguiente información: "copia del Decreto Alcaldicio en el cual es aceptada mi renuncia voluntaria al servicio en el año 1988".

2) RESPUESTA: El 24 de agosto de 2015, el órgano respondió a dicho requerimiento de información mediante Oficio N° 169, señalando, en síntesis, que "se resuelve: dar respuesta a su solicitud de información, reiterando que dado la antigüedad de la información solicitada, este municipio no dispone del documento requerido. Sin embargo, se adjunta al presente, carta de respuesta a su solicitud de fecha 12.06.2015, con copia de impreso del Sistema de Administración de Personal de Contraloría General de la República, SIAPER, donde se constata que se encuentra debidamente registrado por ese Organismo de Control, el Decreto Alcaldicio N° 7, de fecha 30.07.1998, a través del cual se aceptó su renuncia por la autoridad de la época".

3) AMPARO: El 31 de agosto de 2015, don Alejandro Correa Celis dedujo amparo a su derecho de acceso a la información en contra del señalado órgano de la Administración del...

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