Decisión nº C3194-16, de Consejo de Transparencia de 25 de Noviembre de 2016 - Doctrina Administrativa - VLEX 671568469

Decisión nº C3194-16, de Consejo de Transparencia de 25 de Noviembre de 2016

Fecha de Resolución25 de Noviembre de 2016
TipoDocumentos Oficiales
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano
TemaBienes Públicos

DECISIÓN AMPARO ROL C3194-16

Entidad pública: Subsecretaría de Bienes Nacionales

Requirente: Alejandro Contreras Zúñiga

Ingreso Consejo: 16.09.2016

En sesión ordinaria N° 758 del Consejo Directivo, celebrada el 25 de noviembre de 2016, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C3194-16.

VISTO:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: Con fecha 30 de agosto de 2016, don Alejandro Contreras Zúñiga formuló solicitud de información ante la Subsecretaría de Bienes Nacionales requiriendo en particular, el detalle de los bienes inmuebles fiscales a nivel nacional, en que el tipo de usuario sea una persona natural, al mes de junio de 2016, con indicación de la ID, ubicación (dirección), uso real (oficinas, habitacional, calle, cancha, etc.), administración (destinación, ocupante, concesión de uso gratuito, etc.), tipo de usuario, rol de SII, superficie en metros cuadrados y comuna. Se requiere se entregue la información en formato Excel (tabulado en columnas), o en su defecto, en formato .csv (separado por comas).

2) RESPUESTA: La Subsecretaría de Bienes Nacionales respondió a dicho requerimiento de información mediante OF GABS. N° 539, de fecha 15 de septiembre de 2016, señalando, en síntesis, que la información referida a bienes fiscales se encuentra a disposición del público en la página web www.catastro.cl, cuya información se encuentra actualizada al mes de junio de 2015, razón por la cual estima que ha cumplido con su obligación de informar conforme a lo establecido en el artículo 15 de la Ley de Transparencia.

Agrega, respecto del detalle de la información requerida, informa que la actualización de la información sobre inmuebles fiscales se encuentra en proceso de revisión, y una vez terminada será publicada en el sistema de catastro. Además explica cómo acceder a los antecedentes pedidos, señalando que por razones de seguridad nacional se excluyen los predios e inmuebles destinados a las fuerzas armadas, de orden y seguridad.

Finalmente, reitera que sin perjuicio del link proporcionado, debe tenerse presente que dicha información se encuentra en permanente estado de actualización debido a los diversos actos administrativos que dictan cada una de las secretarías regionales ministeriales sobre el patrimonio fiscal. Esta característica de movilidad del patrimonio fiscal que se debe a que la información entregada por la División del catastro nacional de los bienes del Estado, es permanentemente actualizada en virtud de la actividad de fiscalización ministerial, significando tanto un aumento o disminución del patrimonio fiscal.

3) AMPARO: El 16 de septiembre de 2016, don Alejandro Contreras Zúñiga dedujo amparo a su derecho de acceso a la información en contra de la Subsecretaría de Bienes Nacionales, fundado en que recibió respuesta negativa a su solicitud de información, por cuanto se le indicó que la información se encuentra en el sitio web www.catastro.cl, lo que no sería efectivo.

4) DESCARGOS U OBSERVACIONES DEL ORGANISMO: Este Consejo acordó admitir a tramitación el presente amparo, confiriendo traslado al Sr. Subsecretario de Bienes Nacionales, mediante oficio N° 9.648, de fecha 29 de septiembre de 2016.

La Subsecretaría reclamada, a través de Ord. N° 598, de fecha 17 de octubre de 2016. Mediante en representación de Subsecretaría de Bienes Nacionales presentó sus descargos u observaciones, señalando, en síntesis, se informó al solicitante que la...

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