ALCOCEBRE SpA - 27 de Septiembre de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 945925268

ALCOCEBRE SpA

Número de registroCVE-2382692
Fecha de publicación27 Septiembre 2023
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta43.662
CVE 2382692 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.662 | Miércoles 27 de Septiembre de 2023 | Página 1 de 1
Empresas y Cooperativas
CVE 2382692
EXTRACTO
MARISOL CORVALÁN GUERRERO, Notaria Interina de la Primera Notaria de Vitacura,
con Oficio en Avenida Vitacura 6.844, nivel menos uno, Vitacura, certifica: Por escritura pública
de fecha 22 de septiembre de 2023 ante mí Suplente doña Rocío Del Pilar Corvalán Guerrero,
doña CAMILA ANDREA BENALES JIMENEZ, domiciliada en calle Sotto il Monte número
1910, comuna de Vitacura, Región Metropolitana y doña ANTONIA CATALINA BERNALES
JIMENEZ, domiciliada en calle Nazca número 5632, comuna de Vitacura, Región
Metropolitana, constituyeron una sociedad por acciones. Razón social: ALCOCEBRE SpA,
pudiendo usar el nombre de fantasía de ALCOCEBRE. Administración y uso de la razón social:
La administración y representación de la sociedad será ejercida por doña CAMILA ANDREA
BENALES JIMENEZ, ya individualizada, a quien corresponderá la representación judicial de la
sociedad, estando legalmente investida de las facultades establecidas en ambos incisos del
artículo séptimo del Código de Procedimiento Civil y, por apoderados especialmente nombrados
al efecto, todos los cuales serán asignados por la Junta de Accionistas. En un artículo transitorio
que para ningún efecto puede ser considerado como parte de estos estatutos, se designará al
primer Gerente General y a Apoderados de la sociedad, los cuales tendrán las facultades, poderes
y limitaciones que se indicarán en dicho apartado. Capital: $5.000.000.- , divididos en 500
acciones nominativas de igual valor y sin valor nominal el que se aportó y pagó de la siguiente
forma: a) Doña CAMILA ANDREA BENALES JIMENEZ, ya individualizada, suscribe entera y
paga 250 acciones, equivalentes a la suma total de $2.500.000.- y b) Doña ANTONIA
CATALINA BERNALES JIMENEZ, ya individualizada, suscribe entera y paga 250 acciones,
equivalentes a la suma total de $2.500.000.-, por lo que el capital social suscrito y pagado
asciende a la suma de $5.000.000.-, equivalente a 500 acciones, sin existir acciones por enterar.-
Objeto: La sociedad tendrá por objeto: a) Comprar, vender, permutar y en general adquirir y
enajenar a cualquier título, toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales,
incluso valores mobiliarios, en especial aquellos cuya adquisición y enajenación quede
comprendido dentro del giro de la sociedad; b) Dar y tomar en arrendamiento, administración o
concesión toda clase de bienes corporales o incorporales, raíces o muebles; c) Dar y tomar bienes
en comodato; d) Dar y recibir bienes en hipoteca, incluso con cláusula de garantía general;
posponer, alzar y servir hipotecas; e) Dar y recibir en prenda, muebles, valores mobiliarios,
derechos, acciones y demás cosas corporales o incorporales, sea en prenda civil, mercantil,
bancaria, agraria, warrants, industrial, de cosas muebles vendidas a plazo u otras especiales, sean
ellas con o sin desplazamiento, y cancelarlas; f) Celebrar contratos de cuentas corrientes
mercantil; imponerse de su movimiento y aprobar y rechazar sus saldos; g) Asimismo,
constituirán objeto de la sociedad todos los actos, negocios y actividades que se relacionen
directa o indirectamente con el objeto social y/o acuerden sus socios. Duración: Indefinida.
Domicilio: Vitacura, Región Metropolitana. Demás estipulaciones constan en la escritura que
extracto. Santiago, 25 de septiembre del 2023.

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