Alcances de prohibición - 23 de Noviembre de 2021 - El Mercurio - Noticias - VLEX 878461950

Alcances de prohibición

El Servicio Electoral ha iniciado un proceso sancionatorio para establecer las responsabilidades por la divulgación de encuestas durante el período de 15 días previos a la elección del domingo pasado, en contravención con la norma legal que lo prohibía. No se puede cuestionar a ese organismo por cumplir las tareas que la ley le asigna, pero la situación vuelve a poner en evidencia lo impropio de una disposición tan discutible en su contenido como cada vez más ineficaz en sus efectos.Subyace en los argumentos para justificar esta norma una mirada paternalista del electorado, al cual habría que "proteger" de eventuales intentos de manipulación realizados mediante la difusión de sondeos carentes de sustento técnico. Así, en lugar de apostar por la capacidad de los ciudadanos para discernir, o de establecer reglas generales que obliguen a las encuestadoras a cumplir con estándares de transparencia, se opta por el camino aparentemente fácil de la prohibición. Pero además, y si bien es efectivo que Chile no es el único país donde rigen disposiciones como esta, el plazo de 15 días constituye una excepcionalidad por su extensión: en la mayoría de los casos, la "veda" coincide con el término oficial de las campañas, 48 o 72 horas antes de la elección, lo que puede tener cierta lógica.Se omite en esta discusión un punto central, cual es que la prohibición supone privar a los ciudadanos de una información que puede ser relevante al momento de decidir su voto. En efecto, así como es importante que las personas conozcan las convicciones y propuestas de los candidatos, también lo es que puedan saber de las tendencias de opinión pública que sirven de contexto a una elección, así como el posicionamiento de los distintos postulantes en carrera, de modo de evaluar las consecuencias de...

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