Alcance de Autonomías Territoriales Indígenas genera discrepancias entre constitucionalistas - 28 de Abril de 2022 - El Mercurio - Noticias - VLEX 902591945

Alcance de Autonomías Territoriales Indígenas genera discrepancias entre constitucionalistas

Por 113 votos a favor el pleno de la Convención Constitucional aprobó el primer inciso del artículo 19 de la propuesta de la comisión de Forma de Estado."Las Autonomías Territoriales Indígenas son entidades territoriales dotadas de personalidad jurídica de derecho público y patrimonio propio, donde los pueblos y naciones indígenas ejercen derechos de autonomía, en coordinación con las demás entidades territoriales que integran el Estado Regional de conformidad a la Constitución y la ley. Es deber del Estado reconocer, promover y garantizar las Autonomías Territoriales Indígenas, para el cumplimiento de sus propios fines", señala el texto aprobado el pasado martes.La materia ha sido uno de los puntos controvertidos del debate constitucional por el alcance que podrían tener las facultades entregadas a las autonomías.La expresidenta del Tribunal Constitucional Marisol Peña señala que lo aprobado es consecuencia de la anterior aprobación de la plurinacionalidad y de la norma que confiere "derechos a pueblos y naciones indígenas", entre los que se cuentan "el derecho a su autonomía y su autogobierno". Peña añade que "aunque la Constitución exija que se coordinen con las demás entidades del Estado regional, no caben dudas de que primará la plurinacionalidad, que ya es un principio constitucional" y que "en consecuencia, podremos tener, en principio, once formas de gobierno distintas en territorios reivindicados como propios por los pueblos indígenas ya reconocidos en la Constitución, sin perjuicio de que luego se reconozcan otros. Tal vez, 'once Temucuicui' donde rijan reglas propias, distintas al resto del Estado".Arturo Fermandois plantea que "si no se mejora la definición de potestades, las fronteras competenciales de las autonomías, territoriales e indígenas, el carácter de unitario del Estado quedará en suspenso. No basta con afirmar que es unitario y que sus órganos territoriales deben coordinarse. Existe un principio de competencias residuales, pero sigue pareciendo insuficiente. Tampoco es eficiente dejar todo a la ley en algo tan trascendente".Jaime Arancibia señala que "la propuesta es demasiado ambigua y técnicamente deficiente, lo que producirá conflictos interpretativos importantes. Estas autonomías existirían para que los pueblos y naciones indígenas puedan...

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