Resolución de Tribunal de la Propiedad Industrial, de 6 de Junio de 2013 (Rol Nº 001221-2011) - Jurisprudencia - VLEX 494283598

Resolución de Tribunal de la Propiedad Industrial, de 6 de Junio de 2013 (Rol Nº 001221-2011)

Presidente del tribunalAdministrativo
EmisorTribunal de Propiedad Industrial
MateriaDerecho Mercantil y de la Empresa
Fecha06 Junio 2013
Número de expediente353-99

1 Santiago, seis de junio del año dos mil trece.

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE:

1) Que, en estos autos se solicitó la patente número 1221-2011 referida a un “Trenzado de alambre para formar una protección contra la formación de aludes de piedra o para asegurar la capa superior de un terreno, como también un procedimiento y un dispositivo para su preparación”.

2) Que, la solicitud fue presentada por FATZER AG., y presenta inicialmente un pliego de 11 reivindicaciones, para la cual –originalmente- no invocó prioridad.

3) A fojas 19, con fecha 8 de julio de 1999 se acompañó el informe de búsqueda internacional PCT/CH99/00044 con 4 documentos, y sus traducciones al español necesarias ( 26 de Agosto de 1999)

4) A fojas 70, con fecha 19 de junio del año 2001, se encuentra agregado el primer informe pericial del Sr. P.H.S., Ingeniero Forestal, quien señala en su informe que la reivindicación 1 de la solicitud, debe ser corregida, toda vez que no define claramente la invención, al no referir la forma de la alambrada, ni i indicar a través de qué elementos se unen o qué disposición de unión posee para formar la alambrada. El profesional pide precisar en detalle si se forma una alambrada con o sin aberturas, toda vez que sólo se menciona que la alambrada está trenzada con “alambres” (formando unidades individuales de alambres trenzados), lo que no sería suficiente para tener claridad sobre las características del invento.

5) Además, el perito señala que se encontró una presentación anterior de un plazo superior a un año, por lo que la presente solicitud se debe considerar como una reválida, y se debe adjuntar la presentación encontrada para que sea considerada como prioridad. El profesional deja pendiente el análisis de novedad y nivel inventivo como asimismo, el pronunciamiento definitivo de la solicitud.

6) A fojas 75, con fecha 18 de enero del año 2005, en respuesta al primer informe pericial, el solicitante acompaña una nueva página de la memoria descriptiva, nueva hoja técnica, pliego de de 10 cláusulas con las correcciones sugeridas por el perito.

2 7) En el segundo informe pericial, agregado a fojas 120, de fecha 24 de marzo del año 2006, el perito señala que la patente corresponde a una reválida de la solicitud CH 465/98. Indica que el pliego, consta ahora de 10 reivindicaciones, en que las cláusulas 1 a 7 apuntan a un trenzado de alambre que protege contra aludes o que asegura una capa superficial de terreno; 8 y 9 apuntan a un procedimiento para la manufactura de un trenzado de alambre.

La reivindicación 10 apunta a un dispositivo para llevar a cabo el procedimiento para la manufactura del trenzado del alambre.

Del análisis del estado del arte el perito recomienda rechazar la solicitud por falta de novedad, destacando al efecto los documentos D1 (CL 32.632), D2 (CL 38.091) que interfieren con la novedad de reivindicaciones 1, 8 y 10. Este documento nacional describe “un dispositivo para producir una espira helicoidal de alambre, de paso constante y sección transversal o núcleo oblongo, sustancialmente rectangular, para formar una malla de alambre del tipo aplicable en cierros o similar, que comprende un cilindro hueco estacionario, parcialmente obstruido en uno de sus extremos estando dotado de un surco helicoidal interno, de paso constante, y teniendo una abertura oblonga en su manto, la cual es coincidente en el inicio del surco helicoidal, en la cercanía del extremo obstruido del cilindro hueco, estando la abertura oblonga orientada en la misma dirección del surco helicoidal, complementándose el cilindro hueco con una paleta coaxial, sustancialmente plana, de sección rectangular oblonga, siendo el lado mayor de esta sección sustancialmente igual al diámetro interno del cilindro hueco, y estando la paleta conectada con medios motrices de giro externos conectados a través de una abertura central en el extremos sustancialmente obstruido del cilindro, estando complementado el dispositivo con medios tensores del alambre, externos al cilindro hueco; y D4, patente CL 2198-97 de la sociedad A.S.A., que afecta a R1 al describir un rollo de malla de alambre entrelazado o tejido generalmente a través de alambres galvanizados, cuyos extremos laterales son entorchados o doblados, donde los extremos laterales comprenden una banda longitudinal, donde la banda longitudinal cubre los extremos laterales a todo lo largo de la malla desde que éstos han sido entorchados y hasta que toda la malla ha sido compactada.

8) A fojas 132, con fecha 30 de marzo del 2007, el solicitante en respuesta al segundo informe pericial, señala que es distinto doblar un alambre de alta resistencia (1.000 a 2.200 N/mm2) y uno que tiene una resistencia menor de 300 a 500 N/mm2 (D1. Al efecto, cuando un alambre de resistencia normal de 500N/mm2 (D1) es doblado en un ángulo de 180°,

permanece en esa posición. Sin embargo, cuando se dobla un alambre elástico de alta resistencia (1770 N/mm2) a un ángulo de 180°, dicho alambre vuelve a su posición. Además,

el alambre del documento D2 describe un espiral helicoidal, lo que implica un problema al 3 doblarlo si se utiliza un alambre de alta resistencia. B. en una prueba que adjunta el propio solicitante, se infiere que un alambre de acero de alta resistencia no puede ser construido por medio del doblez en espiral descrito en D2. El solicitante acompaña además,

un nuevo pliego de reivindicaciones. (134 a 137)

9) A fojas 139, con fecha 21 de noviembre de 2007, se agrega a los autos un tercer informe pericial el cual es complementado a fojas 146 (4° informe). El perito sostiene que, nos obstante la opinión del solicitante, D2 y D4 siguen afectando la novedad. En cuanto al nivel inventivo...

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