AGROPECUARIA KUME LIMITADA - 8 de Julio de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 870697240

AGROPECUARIA KUME LIMITADA

Fecha de publicación08 Julio 2021
Número de registroCVE-1973810
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta42.997
CVE 1973810 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl
DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 42.997 | Jueves 8 de Julio de 2021 | Página 1 de 1
Empresas y Cooperativas
CVE 1973810
EXTRACTO
EDUARDO DIEZ MORELLO, Titular 34ª Notaría Santiago, Luis Thayer Ojeda Nº 359,
Comuna Providencia, CERTIFICO: por escritura pública otorgada 2 Julio 2021, ante mí,
GONZALO FERNANDO GONZÁLEZ RAMÍREZ y LUIS EUGENIO CEPEDA CHAT ambos
domiciliados para estos efecto en esta ciudad, calle Arrayán Nº 2.750 oficina 301, comuna de
Providencia, Región Metropolitana; constituyeron sociedad de responsabilidad limitada: Razón
social: La razón social será “AGROPECUARIA KUME LIMITADA”, pudiendo ella actuar,
además, incluso con el Estado, el Fisco, Municipalidades, bancos y otras instituciones, con el
nombre de fantasía “SAK LTDA.”- Domicilio: Su domicilio será la ciudad de Santiago, sin
perjuicio de las agencias, representaciones o sucursales que pueda establecer en otros puntos del
país o del extranjero. Objeto: El objeto de la sociedad será la agricultura y ganadería en todas sus
formas, a través de la explotación de inmuebles agrícolas propios o ajenos; la realización de todo
tipo de actividades silvícolas, hortícolas, ganaderas, y la producción, cultivo y comercialización
de productos agrícolas y ganaderos en general, árboles frutales y sus derivados, hortalizas, flores,
semillas, granos y bosques, y animales vacunos, ovinos y bovinos; la compra y venta y
comercialización en cualquiera de sus formas de alimento y materias primas para nutrición
animal. Administración y uso razón social: La administración y el uso de la razón social
corresponderá de manera independiente a uno cualquiera de los señores socios GONZALO
FERNANDO GONZÁLEZ RAMÍREZ y LUIS EUGENIO CEPEDA CHAT quienes actuando
de la manera antes indicada y anteponiendo a su firma la razón social, representará a la compañía
con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes. Los administradores
estatutarios antes mencionados deberán actuar conjuntamente para la realización de los
siguientes actos: Uno.- Para vender, comprar, permutar, ceder, y en general, adquirir y enajenar a
cualquier título, toda clase de bienes inmuebles, derechos en inmuebles, sean éstos corporales o
incorporales; Dos.- Para dar bienes en hipoteca los bienes inmuebles y/o los derechos de agua de
la Compañía, incluso con cláusula de garantía general; Tres.- Para dar o constituir prendas sobre
bienes muebles, valores mobiliarios, derechos, acciones y demás cosas corporales o incorporales,
ya sea en prenda civil, mercantil y la prenda sin desplazamiento, contemplada en la Ley número
veinte mil ciento noventa, warrants, de cosas muebles vendidas o plazo, y otras prendas
especiales.- Para pactar indivisibilidad y solidaridad pasiva, constituir a la sociedad en avalista,
fiadora y/o codeudora simple o solidaria y constituir toda clase de cauciones, reales o personales
y toda clase de garantías a favor de terceras personas, sean estas naturales o jurídicas; Cuatro:
Para la realización de todo tipo de actos, firma de documentos y suscripción de contratos que
signifiquen una obligación para la sociedad por montos superiores a $25.000.000,
individualmente considerados. Capital: El capital social asciende a la suma de $100.000.000, que
los socios se obligan a aportar y pagar dentro del plazo de tres años y en los siguientes términos:
i) GONZALO FERNANDO GONZÁLEZ RAMÍREZ, se obliga a aporta la suma de $75.000.000
correspondiente al 75% de los derechos sociales, dentro del plazo de tres años antes indicado de
contado y en dinero en efectivo; ii) LUIS EUGENIO CEPEDA CHAT se obliga a aporta la suma
de $25.000.000, correspondiente al 25% de los derechos sociales, dentro del plazo de tres años
antes indicado de contado y en dinero en efectivo. Socios limitan su responsabilidad al monto de
sus respectivos aportes. La sociedad comenzará a regir a partir de esta fecha y tendrá una
duración de 3 años; sin embargo, la sociedad se entenderá prorrogada automáticamente por
períodos sucesivos e iguales de 3 años si ninguno de los socios expresa su voluntad de ponerle
término mediante escritura pública, la que deberá anotarse al margen de la inscripción del
extracto del pacto social en el Registro de Comercio, con a lo menos seis meses de anticipación
al día de vencimiento del plazo de duración original o de cualquiera de sus prórrogas. Demás
estipulaciones de orden interno constan en escritura extractada. Santiago, 5 Julio 2021.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR