AGRICOLA, TURISMO E INVERSIONES TRANQUI LIMITADA 76.214.713-0 - 30 de Marzo de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 927308441

AGRICOLA, TURISMO E INVERSIONES TRANQUI LIMITADA 76.214.713-0

Fecha de publicación30 Marzo 2023
Número de registroCVE-2293391
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta43.515
CVE 2293391 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.515 | Jueves 30 de Marzo de 2023 | Página 1 de 3
Empresas y Cooperativas
CVE 2293391
EXTRACTO
LUIS ENRIQUE FISCHER YAVAR, Notario Público Viña del Mar, Calle 12 Norte N°
785, piso 3, certifico: Por escritura de fecha 13-03-2023, ante mí, GUILLERMO DE LAS
HERAS DE PABLO, actuando por sí, con domicilio en Avenida Libertad 1405 oficina 2001,
Viña del Mar, INVERSIONES GUILLERMO DE LAS HERAS E.I.R.L, representada por don
Guillermo de las Heras de Pablo, con domicilio en Avenida Libertad 1405 oficina 2001, Viña del
Mar, y, ASESORIA Y GESTION INMOBILIARIA LIMITADA, representada por doña María
Lorena Andrade Pérez, con domicilio en Avenida Libertad 1405 oficina 2001, Viña del Mar;
modificaron sociedad AGRICOLA, TURISMO E INVERSIONES TRANQUI LIMITADA,
constituida con fecha 30 de mayo de 2012, Notaría de Valparaíso de don Luis Fischer Yávar,
Repertorio N° 6.238/2012, inscrita a fojas 1129 vuelta N° 1209 del Registro de Comercio del
Conservador de Bienes Raíces de Viña del Mar del año 2012. A la fecha los únicos y exclusivos
socios de las sociedad Agrícola, Turismo e Inversiones Tranqui Limitada, son INVERSIONES
GUILLERMO DE LAS HERAS E.I.R.L con un 50% de los derechos sociales y don
GUILLERMO DE LAS HERAS DE PABLO, con un 50% de los derechos sociales.
Modificaciones en escritura extractada consisten: /UNO/ Cesiones de derechos. 1)
INVERSIONES GUILLERMO DE LAS HERAS E.I.R.L, debidamente representada, vende,
cede y transfiere el 50% de sus derechos sociales a ASESORIA Y GESTION INMOBILIARIA
LIMITADA, debidamente representada compra, acepta y adquiere para sí en $500.000.-
íntegramente pagado. 2) GUILLERMO DE LAS HERAS DE PABLO, actuando por sí, vende,
cede y transfiere el 49% de sus derechos sociales a ASESORIA Y GESTION INMOBILIARIA
LIMITADA, quien debidamente representada compra, acepta y adquiere para sí, en $490.000.-
íntegramente pagada. Quedan como únicos socios: GUILLERMO DE LAS HERAS DE PABLO,
con un 1% derechos sociales; ASESORIA Y GESTION INMOBILIARIA LIMITADA, con un
99% derechos sociales. /DOS/ Modificación Administración. 1) Se reemplazan los artículos
cuarto, quinto, octavo y décimo segundo de los estatutos sociales, quedando de la siguiente
manera: “CUARTO: La administración y el uso de la razón social corresponderá indistintamente
a don GUILLERMO DE LAS HERAS DE PABLO y/o a doña MARIA LORENA ANDRADE
PEREZ, quienes anteponiendo la razón social a su firma, representaran y obligaran a la sociedad
con las más amplias facultades pudiendo celebrar todo tipo de actos y contratos, en miras a la
obtención de los objetivos sociales, pudiendo autocontratar, los que por vía meramente
enunciativa se señalan a continuación: Abrir y cerrar cuentas corrientes bancarias de depósito en
moneda nacional o extranjera, de crédito y especiales; girar y sobregirar en cuenta corriente,
girar, depositar, endosar en toda forma, cobrar, revalidar, cancelar, dar orden de no pago y
protestar cheques, retirar talonarios de cheques, solicitar, reconocer e impugnar saldos, abrir y
cerrar cuentas de ahorro a la vista o a plazo y realizar depósitos o giros en las mismas. Tomar
depósitos a la vista o a plazo, endosarlos en toda forma y retirarlos. Girar, endosar en dominio,
en garantía o en comisión de cobranza, aceptar, reaceptar, suscribir, revalidar, cobrar, protestar,
descontar, cancelar y avalar letras de cambio, pagarés, cheques, instrumentos negociables y
efectos de comercio. Contratar toda clase de operaciones de crédito con Bancos e instituciones
financieras, de crédito, Banco del Estado de Chile, nacionales o extranjeras, bajo cualquier
modalidad y en especial la que establece la Ley dieciocho mil diez, sea bajo la forma de apertura
de líneas de crédito, préstamos o mutuos, préstamos con letras o avances en cuenta corriente, con
garantía o sin ella, en moneda nacional o extranjera; abrir créditos simples y documentarios,
revocables o irrevocables, divisibles o indivisibles; autorizar cargos en cuenta corriente,
mediante procedimientos cibernéticos y/o telefónicos y contratar con los Bancos e Instituciones
Financieras los respectivos convenios y contratos; realizar toda clase de depósitos bancarios,
simples o en cuenta corriente, para boletas bancarias de garantía o cualquier otro; operar en
forma amplia en el mercado de capitales. Cobrar y percibir judicial y extrajudicialmente cuanto
se adeude a la sociedad, otorgar recibos, finiquitos y cancelaciones; entregar o retirar

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