AGRÍCOLA PEPO´S PLANT SpA - 27 de Noviembre de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 878590275

AGRÍCOLA PEPO´S PLANT SpA

Fecha de publicación27 Noviembre 2021
Número de registroCVE-2049101
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta43.114
CVE 2049101 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.114 | Sábado 27 de Noviembre de 2021 | Página 1 de 1
Empresas y Cooperativas
CVE 2049101
EXTRACTO
CARLOS URBINA RESZCZYNSKI, Abogado, Notario Público Titular de la Tercera
Notaría de Arica, con oficio calle Rafael Sotomayor 301, CERTIFICA: Por escritura pública de
fecha cinco de Noviembre 2021, ante don Alvaro Augusto Guzmán Riveros, Notario Público
Suplente del Titular don Carlos Urbina Reszczynski, don JOSÉ MAURICIO CESPEDES
RODRÍGUEZ, casado, agricultor, cédula de identidad Nº6.663.025-7 y don FELIPE ANDRÉS
CESPEDES OLIVARES, chileno, soltero, ingeniero civil mecánico, cédula de identidad Nº
17.831.600-1, ambos domiciliados en esta ciudad, parcela 32, kilometro 8 ½ del Valle de Azapa,
ambos mayores de edad, quienes constituyen una Sociedad por Acciones bajo el nombre
“AGRÍCOLA PEPO´S PLANT SpA”. Objeto: El objeto de esta sociedad será: uno) La
producción agropecuaria, frutícola o maderera, la compra, venta y exportación de la producción,
sea la propia o ajena, servicios de embalaje, packing y de asesoría a productores, y la elaboración
de alimentos, de toda clase, a partir de esa producción; actuar como comisionista o mandatario,
para la venta y comercio de productos agrarios; realizar inversiones en toda clase de bienes
muebles o inmuebles, administrarlos y percibir sus frutos o rentas, y en general cualesquiera
otros negocios, que estén, directa o indirectamente, en la actualidad o en el futuro, relacionados
con la agricultura, la producción transformación o comercialización de sus productos.- DOS) La
explotación agrícola, ganadera y forestal, por cuenta propia o ajena, de predios rústicos; la
importación, exportación, transformación y comercialización de productos agrícolas, ganaderos o
forestales y todo otro negocio o actividad conexa o relacionada, en la actualidad o en el futuro,
con la actividad agropecuaria. TRES) La compra, venta y comercialización de maquinaria,
vehículos, equipos, útiles, enseres, herramientas, semillas, abonos, productos químicos y demás
insumos para la agricultura e industria agrícola, importaciones o exportaciones, remates,
licitaciones, parcelaciones, corretajes, comisión, asesorías y servicios técnicos, representaciones,
consignaciones, y todo otro negocio o actividad que se relacione, en la actualidad o en el futuro,
con lo mencionado, y demás negocios que los socios acuerden. CUATRO) La prestación de toda
clase de servicios de asesoría técnica, puesta en marcha y mantención, ya sea en relación con los
bienes de su propia producción o de terceros; Duración: Indefinida. Administración: La
administración de la sociedad será ejercida por el Gerente General que sea designado mediante
una escritura pública de nombramiento, la que deberá ser otorgada por el o los socios que
representen, al menos, el ochenta por ciento de las acciones emitidas y pagadas de la sociedad.
Mientras no se designe a otro Gerente General, ejercerán tales funciones los socios
constituyentes don JOSÉ MAURICIO CESPEDES RODRÍGUEZ, y don FELIPE ANDRÉS
CESPEDES OLIVARES, ya individualizados, quienes podrán actuar conjunta o separadamente,
indistintamente, obligando por tanto a la sociedad en todo acto en que comparezcan,
anteponiendo a sus respectivos nombres la razón social, cesando en tales funciones una vez se
produzca el nombramiento del Gerente General conforme a los requisitos preceptuados en la
primera parte de esta cláusula; Capital. El capital de la sociedad asciende a la suma de
$20.000.000, dividido en 1000 acciones, de una misma serie y con un valor nominal de veinte
mil pesos cada acción, valor que es suscrito, aportado y pagado íntegramente por los socios
constituyentes en este acto y en dinero efectivo, completándose la suma antes señalada de la
siguiente manera: a) el socio constituyente don JOSÉ MAURICIO CESPEDES RODRÍGUEZ,
aporta la suma de $16.000.000.- b) el socio constituyente don FELIPE ANDRÉS CESPEDES
OLIVARES, aporta la suma de 4.000.000; Domicilio: Arica sin perjuicio de que pueda
establecer agencias, sucursales u oficinas en el resto del país o en el extranjero. Demás
estipulaciones en escritura extractada. Arica, 05 de noviembre de 2021.

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