Agrícola e Inmobiliaria Carrillo y Macaya de Colchagua Limitada - 29 de Septiembre de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 876301156

Agrícola e Inmobiliaria Carrillo y Macaya de Colchagua Limitada

Fecha de publicación29 Septiembre 2021
Número de registroCVE-2017548
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta43.065
CVE 2017548 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.065 | Miércoles 29 de Septiembre de 2021 | Página 1 de 1
Empresas y Cooperativas
CVE 2017548
EXTRACTO
JORGE CARVALLO VELASCO, Notario Público, Titular de la Segunda Notaría Santa
Cruz, con oficio en calle Claudio Cancino 60, Pasaje Marcel, certifico: Por escritura pública, ante
mí, VISITACIÓN MARÍA CARRILLO SALAZAR, domiciliada en José Castro Patiño 48,
comuna de Santa Cruz; JUAN PABLO MACAYA CARRILLO, domiciliado en Parcela 10
Colchagua, comuna de Palmilla, de paso en ésta; ANA BELEN MACAYA CARRILLO,
domiciliada en Parcela 10 Colchagua, comuna de Palmilla, de paso en ésta, constituyeron
sociedad de responsabilidad limitada a monto respectivos aportes. Razón social: “Agrícola e
Inmobiliaria Carrillo y Macaya de Colchagua Limitada”, pudiendo funcionar nombre fantasía:
“Carrillo y Macaya Ltda”.- Administración, representación, uso, razón social: corresponderá
socia Visitación María Carrillo Salazar, con amplias facultades.- Capital: $40.000.000.-
aportados y enterados siguiente manera: a) socia Visitación Maria Carrillo Salazar aporta
$8.000.000, equivalentes al 20% capital social, que entera y paga entregando en usufructo los
bienes raíces y derechos de agua indicados en cláusula cuarta letra A) de la escritura de
constitución extractada, lo que fue aceptado por los socios; b) socio Juan Pablo Macaya Carrillo
aporta $16.000.000.-, equivalentes al 40% capital social, que entera y paga con $1.000.000.- en
este acto, y el saldo enterará a medida que las necesidades sociales lo requieran; c) Ana Belén
Macaya Carrillo, $16.000.000.-, equivalentes al 40% capital social, que entera y paga con
$1.000.000.- en este acto, el saldo que enterará a medida que las necesidades sociales lo
requiera.- Objeto: Será toda actividad comercial y económica en cualquiera de sus formas y a
modo de ejemplo y sin que la enunciación sea taxativa se comprenden dentro de este la
explotación agrícola, frutícola y forestal de predios rústicos, sean propios o ajenos y de aquellos
que la sociedad haya recibido en usufructo, comodato u otra modalidad; la comercialización,
importación y exportación de productos de cualquier naturaleza. La compra, venta, de bienes
raíces; el arrendamiento de bienes raíces sea que la sociedad actúe como arrendadora o como
arrendataria, y sea que se trate de bienes propios de la sociedad o bienes raíces ajenos y que haya
recibido a cualquier título como por ejemplo en usufructo, comodato o préstamo; la compra de
bienes muebles tales como vehículos, maquinaria, etcétera. También la sociedad podrá
desarrollar el giro de construcción; el de la explotación turística y dentro de esta área podrá
trabajar en el rubro de los hoteles, hostales, cabañas, centros deportivos y realizar cualquier otra
actividad que acuerden los socios y que esté directa o indirectamente relacionada con las
anteriores.- Duración: 23 años a contar de ésta fecha, que se entenderán prorrogados en forma
automática por períodos iguales, sucesivos y continuos de 5 años, salvo que cualquiera de los
socios manifieste su voluntad de ponerle término a la sociedad por escritura pública anotada al
margen de la inscripción social, con una anticipación mínima de 12 meses antes del vencimiento
o término del respectivo período.- Domicilio: Santa Cruz, sin perjuicio agencias o sucursales que
establezcan en otras ciudades del país o del extranjero. Demás estipulaciones constan en escritura
extractada. Santa Cruz, 20 septiembre de 2021.

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