Agrícola La Gaviota Limitada - 25 de Agosto de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 941871421

Agrícola La Gaviota Limitada

Número de registroCVE-2366415
Fecha de publicación25 Agosto 2023
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta43.636
CVE 2366415 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.636 | Viernes 25 de Agosto de 2023 | Página 1 de 1
Empresas y Cooperativas
CVE 2366415
EXTRACTO
Juan Ricardo San Martín Urrejola, abogado, Notario Titular de la 43° Notaría de Santiago,
con oficio en calle Huérfanos N°835, piso 18, comuna de Santiago, certifico que: por escritura
pública de fecha 30 de junio de 2023, ante mí, Inversiones Don Lorenzo SpA, Inversiones La
Cueta SpA e Inversiones Wafi SpA, todos domiciliados para estos efectos en calle Antonio Varas
N°854, oficina 02, comuna y ciudad de Temuco, Región de La Araucanía, en su calidad de
únicos y actuales socios de “Agrícola, Ganadera y Forestal Invernor Limitada”, inscrita a fojas
1.567, número 1.270 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco del
año 2012, acordaron dividir dicha sociedad, en dos sociedades de responsabilidad limitada. La
primera de ellas es la continuadora legal de Agrícola, Ganadera y Forestal Invernor Limitada,
conservando su personalidad jurídica y todos los atributos propios de la misma, y la segunda
sociedad, la cual se formó como consecuencia de la división, se constituye con el nombre de
“Agrícola La Gaviota Limitada”, cuyos socios son Inversiones Don Lorenzo SpA, Inversiones
La Cueta SpA e Inversiones Wafi SpA, todos domiciliados en calle Antonio Varas N°854,
oficina 02, comuna y ciudad de Temuco, Región de La Araucanía, y cuyo extracto de sus
estatutos sociales aprobado por ellos es el siguiente: (i) Razón social: Agrícola La Gaviota
Limitada. (ii) Objeto: El objeto de la sociedad será realizar por cuenta propia o de terceros, los
siguientes objetivos específicos: uno. la explotación agrícola, silvoagropecuaria, ganadera y
forestal en predios agrícolas, propios o ajenos; siembras, y plantaciones de frutales de toda clase
y comercialización de productos que se obtengan de dicha explotación, tales como agrícolas,
ganaderos, forestales, pecuarios, por cuenta propia o de terceros; dos. la prestación de servicios,
asesorías, servicios técnicos, y demás similares en los mismos rubros anteriores; y tres. toda otra
actividad relacionada directa o indirectamente, en la actualidad o en el futuro, con las anteriores
y cualquier otro objeto que los socios acuerden. (iii) Duración: La sociedad rige desde la fecha de
la escritura extractada y tendrá una duración de 30 años, renovable sucesiva y automáticamente,
por períodos de 5 años, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al
final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública, anotada al margen de la
inscripción social primitiva y notificada por carta certificada a los otros socios, con una
anticipación mínima de 6 meses antes del fin del respectivo período. (iv) Capital: El capital de la
sociedad asciende a la suma de $243.808.186, cantidad que fue aportada y que se distribuye entre
sus socios de la siguiente forma: /i/ Inversiones Don Lorenzo SpA, aportó la suma de
$42.513.321, equivalente a un 17,4372% del capital social; /ii/ Inversiones La Cueta SpA, aportó
la suma de $121.904.093, equivalente a un 50% del capital social; e /iii/ Inversiones Wafi SpA,
aportó la suma de $79.390.772, equivalente a un 32,5628% del capital social. La responsabilidad
de los socios se encuentra limitada al monto de sus respectivos aportes. (v) Administración: La
administración, representación y uso de la razón social corresponderá a doña María Beatriz
Bengoa Claussen, a don José Antonio Taladriz Bengoa, y a don Agustín Lorenzo Taladriz
Bengoa, quienes actuando separada e indistintamente y anteponiendo la razón social a sus firmas
personales, representarán y obligarán válidamente a la sociedad en todos los actos, declaraciones,
contratos y convenciones relacionados con su giro ordinario, con las más amplias facultades de
administración y disposición de bienes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.
Santiago, 10 de agosto de 2023.

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