Agrícola, Forestal, Ganadera Coñaripe Limitada 76.529.190-9 - 28 de Abril de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 929867699

Agrícola, Forestal, Ganadera Coñaripe Limitada 76.529.190-9

Fecha de publicación28 Abril 2023
Número de registroCVE-2307635
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta43.538
CVE 2307635 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.538 | Viernes 28 de Abril de 2023 | Página 1 de 4
Empresas y Cooperativas
CVE 2307635
EXTRACTO
Francisco Javier Muñoz Flores, Abogado, Notario Público y Conservador de Minas Titular
de la comuna de Villarrica, con oficio en calle Pedro Montt número trescientos cinco, certifica:
por escritura pública de hoy, ante mí, don PATRICIO ENRIQUE MARTINI BECERRA,
chileno, Agricultor, casado y separado de bienes, Agricultor, cédula nacional de identidad
número diez millones trescientos cuarenta mil quinientos ochenta y cuatro guión K, don
NARCISO ALEJANDRO MARTINI BECERRA, chileno, casado y separado de bienes,
Empresario, cédula nacional de identidad número nueve millones novecientos cuarenta y un mil
quinientos cuarenta y cuatro guión cuatro, y don FABRICIO LEONARDO MARTINI
BECERRA, chileno, casado y separado de bienes, Técnico Forestal, cédula nacional de identidad
número doce millones ciento cuarenta y tres mil seiscientos quince guión nueve, todos con
domicilio en el Kilómetro dos, camino Villarrica-Freire, comuna de Villarrica, expusieron: Que,
por escritura pública de fecha 17 de marzo de 1995, otorgado en notaria Panguipulli de don
Leonardo Calderara Emaldía, comparecientes constituyeron sociedad de responsabilidad limitada
bajo razón social “Agrícola, Forestal, Ganadera Coñaripe Limitada”. Un extracto de escritura se
inscribió a fojas 2 N° 1, Registro de Comercio de 1995, Conservador Bienes Raíces de
Panguipulli. Por instrumento que extracto, escritura de fecha 17 de abril de 2023, repertorio
N°1413-2023, los comparecientes acuerdan modificar la cláusula cuarta del pacto social,
contenida en escritura aludida, sustituyendo dicha cláusula por la siguiente: “CUARTO: La
administración comercial y el uso de la razón social corresponderá, por acuerdo unánime de los
socios, a don PATRICIO ENRIQUE MARTINI BECERRA, quien actuando a nombre y
representación de la sociedad, anteponiendo la razón social a su firma, la representará con las
más amplias facultades, sin limitaciones, salvo las que pacten los socios en este instrumento,
pudiendo obligarla a toda clase de actos y contratos y, sin que la enumeración sea taxativa, en el
ejercicio de su cargo podrá: Se modifica la cláusula “CUARTO” por lo que a continuación se
expone: “CUARTO: La administración comercial y el uso de la razón social corresponderá, por
acuerdo unánime de los socios, a don PATRICIO ENRIQUE MARTINI BECERRA, quien
actuando a nombre y representación de la sociedad, anteponiendo la razón social a su firma, la
representará con las más amplias facultades, sin limitaciones, salvo las que pacten los socios en
este instrumento, pudiendo obligarla a toda clase de actos y contratos y, sin que la enumeración
sea taxativa, en el ejercicio de su cargo podrá: UNO.- Representar judicialmente y
extrajudicialmente a la Sociedad con todas y cada una de las facultades ordinarias y
extraordinarias del mandato judicial contempladas en ambos incisos del artículo siete del Código
de Procedimiento Civil, las que incluyen la facultad de contestar demandas, desistirse en primera
instancia de la acción deducida, aceptar la demanda contraria, absolver posiciones, renunciar a
los recursos y los términos legales, transigir, con declaración expresa que la facultad de transigir
comprende también la transacción extrajudicial, comprometer, nombrar árbitros y otorgar a los
árbitros facultades de arbitradores, aprobar convenios judiciales o extrajudiciales y percibir. Del
mismo modo, se incluyen en el presente mandato, las facultades contempladas en la Ley número
veinte mil setecientos veinte, pudiendo el mandatario efectuar todas y cada una de las acciones
que dicha norma contempla en la misma forma que pudiera hacerlo el mandante, entre las que
encontramos el solicitar el inicio de procedimientos concursales propios o ajenos, comparecer y
votar en juntas de acreedores, comparecer en audiencias previas, presentar, aprobar, rechazar o
votar propuestas de reorganización judicial, siendo la presente enumeración meramente
ilustrativa y no taxativa. DOS.- Concurrir ante toda clase de autoridades políticas,
administrativas, municipales, organismos o instituciones de derecho público, fiscales o
semifiscales, autoridades de orden tributario, previsional o laboral, o personas de derecho
privado, sean ellas naturales o jurídicas, con toda clase de solicitudes, memoriales y demás
documentos que sean menester y desistirse de sus peticiones, y especialmente, solicitar el
otorgamiento de Rol Único Tributario y efectuar la iniciación de actividades de la Sociedad, y

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