Agrega un nuevo inciso al Art. 4° del Código del Trabajo, respecto de los efectos del cambio de razón social o giro de una empresa. - Proyectos de Ley - Iniciativas legislativas - VLEX 914518448

Agrega un nuevo inciso al Art. 4° del Código del Trabajo, respecto de los efectos del cambio de razón social o giro de una empresa.

Fecha08 Abril 2009
Fecha de registro08 Abril 2009
Número de Iniciativa6449-13
MateriaCAMBIO DE GIRO, CAMBIO DE RAZÓN SOCIAL, CÓDIGO DEL TRABAJO, EMPRESAS
Autor de la iniciativaDíaz Díaz, Marcelo, Duarte Leiva, Gonzalo, Espinosa Monardes, Marcos, Farías Ponce, Ramón, Girardi Briere, Guido, Jarpa Wevar, Carlos Abel, Meza Moncada, Fernando, Robles Pantoja, Alberto, Sule Fernández, Alejandro
Cámara Legislativa de OrigenMoción,Cámara de Diputados
EtapaPrimer trámite constitucional (C.Diputados) Primer informe de comisión de Trabajo y Seguridad Social
Tipo de proyectoProyecto de ley

Agrega un nuevo inciso al artículo 4° del Código del Trabajo, respecto de los efectos del cambio de razón social o giro de una empresa

Boletín N° 6449&8209;13


1. En materia laboral podemos encontrar un sin número de situaciones que se encuentran enmarcadas en la relación de empleador y trabajadores.


2. El artículo 4° del Código del trabajo, precisamente, es categórico al solucionar una de las tantas aristas que puede tener esta relación laboral, que de no estar regulada podría producir grandes abusos hacia los trabajadores. El artículo en cuestión, específicamente en su inciso segundo, hace mención a la inmutabilidad de los contratos individuales y a los instrumentos colectivos de trabajo, ante las modificaciones totales o parciales, relativas al dominio, la posesión o la mera tenencia de la Empresa Empleadora. El texto literal reza de la siguiente manera: "Las modificaciones totales o parciales relativas al dominio, posesión o mera tenencia de la empresa no alterarán los derechos y obligaciones de los trabajadores emanados de sus contratos individuales o de los instrumentos colectivos del trabajo, que mantendrán su vigencia y continuidad con el o los nuevos empleadores'.


3. Del precepto se puede concluir, como así lo ha señalado la Dirección del Trabajo en reiteradas oportunidades, que los derechos individuales y colectivos están vinculados a la Empresa en sí, no a la persona natural o jurídica que posea el dominio, la posesión o la mera tenencia, la Empresa es un ente abstracto, independiente de los cambios que puedan haber respecto de sus integrantes. .


4. Sin embargo dentro de este mismo contexto podemos señalar que actualmente existe un vacío legal en orden a asegurar la misma inmutabilidad de los derechos de los trabajadores cuando se produce un cambio en términos formales respecto a la razón social de la Empresa o el giro comercial de la misma.


5. La razón social según el articulo 365 del Código de Comercio, en las sociedades colectivas, (cuya regulación es la normativa base para la constitución y funcionamiento de las Sociedades y Empresas), es la fórmula enunciativa del nombre de todos los socios o de alguno de ellos. En tanto el giro de la Empresa viene a ser el conjunto de actividades comerciales que ésta desarrolla.


6. Bien podría suceder que una Empresa aún manteniendo el dominio, posesión o mera tenencia en la o las mismas personas,...

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