Agrava penas y restringe beneficios penitenciarios en materia de delitos sexuales contra menores de edad. - Proyectos de Ley - Iniciativas legislativas - VLEX 914514483

Agrava penas y restringe beneficios penitenciarios en materia de delitos sexuales contra menores de edad.

Fecha12 Noviembre 2012
Fecha de registro12 Noviembre 2012
Número de Iniciativa8677-07
EtapaTramitación terminada Ley Nº 20.685 (Diario Oficial del 20/08/2013)
MateriaCIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES, DELITOS SEXUALES CONTRA MENORES
Cámara Legislativa de OrigenMensaje,Senado
Tipo de proyectoProyecto de ley









MENSAJE DE S.E. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, CON EL QUE INICIA UN PROYECTO DE ley que ESTABLECE MEDIDAS QUE INDICA en relación con LOS DELITOS SEXUALES COMETIDOS CONTRA niños, niñas y adolescentes

SANTIAGO, 08 de noviembre de 2012





MENSAJE 236-360/




Honorable Senado:



A S.E. EL


PRESIDENTE


DEL H.


SENADO.

Tengo el honor de someter a vuestra consideración un proyecto de ley que tiene por objeto, por una parte, hacer más gravosa la obtención de beneficios intrapenintenciarios y postpenitenciarios para los condenados por delitos sexuales cometidos contra menores de edad y, por otra, endurecer su punición

I. ANTECEDENTES

Durante este último tiempo hemos sido testigos de un aumento de las denuncias relativas a la comisión de delitos sexuales contra menores de edad en establecimientos educacionales. Se trata de ofensores que precisamente tenían por función institucional el cuidado y respeto de los niños a su cargo. Dicha apreciación es respaldada por cifras oficiales que demuestran, de acuerdo al último boletín estadístico de la Fiscalía Nacional correspondiente al primer semestre de 2012, que ha habido un aumento del 22% de las denuncias de abusos sexuales contra menores de 14 años en relación a igual periodo del 2011.

Por lo anterior, este Gobierno se encuentra impulsando un conjunto de medidas tendientes al perfeccionamiento del sistema punitivo, principalmente en relación a aquellos delitos de carácter sexual cometidos contra niños, niñas y adolescentes. En el ámbito legislativo destaca la reciente promulgación de la ley N° 20.603 que modifica la Ley N° 18.216, estableciendo un sistema de penas sustitutivas que, en lo que aquí atañe, introduce el sistema de monitoreo telemático como una forma de control de los condenados por delitos sexuales y violencia intrafamiliar, existiendo la posibilidad de monitorear también a la víctima de dichos hechos con el fin de prevenir y sancionar la aproximación a ellas.

Asimismo, mediante la Ley N° 20.594 se crea la pena de inhabilitación absoluta perpetua para el ejercicio de profesiones o cargos en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con menores de edad. Para la eficacia de esta pena, se establece un registro de dichas inhabilitaciones el cual debe ser obligatoriamente consultado por los establecimientos educacionales para la contratación de personal. Además, cualquier persona podrá solicitar al Servicio de Registro Civil e Identificación le informe, por vías telemáticas, si una persona se encuentra afecta a dicha inhabilitación.

Complementando el camino legislativo ya recorrido, próximamente enviaremos nuevos proyectos de ley orientados al mejor resguardo de los derechos de los niños, niñas y adolescentes de nuestro país.

En efecto, dando cumplimiento a lo que el Comité de Derechos del Niño viene recomendando al Estado de Chile desde 1993, hemos presentado un proyecto de ley que deja atrás el Servicio Nacional de Menores –SENAME- para dar paso a dos nuevos servicios. Por un lado, el Servicio Nacional de Protección de la Infancia y Adolescencia, que dependerá del Ministerio de Desarrollo Social, y que tendrá a su cargo la administración del sistema de protección especial para niños, niñas y adolescentes que han sido vulnerados en sus derechos. Asimismo, tendrá por objeto la promoción de sus derechos, la prevención de la vulneración de los mismos y la adopción de aquellos niños, niñas y adolescentes que no cuentan con una familia que los acoja. Por su parte, el Servicio Nacional de Responsabilidad Adolescente, que dependerá del Ministerio de Justicia, tendrá a su cargo la coordinación de la política pública y la administración del sistema de ejecución de sanciones creado por la Ley N° 20.084, que Establece un Sistema de Responsabilidad de los Adolescentes por Infracciones a la Ley Penal.

Por otra parte, se encuentra en estudio la regulación de “la entrevista única a las víctimas”, esto es, un sistema a través del cual se videograba el testimonio que el niño o niña da a un profesional especializado en este tipo de pericias, que se puede usar posteriormente durante todas las etapas del proceso penal. Lo anterior con el fin de evitar la victimización secundaria que afecta a los niños y niñas que deben relatar repetidamente la experiencia vivida a lo largo del proceso penal, con evidente afectación de su proceso de reparación psicológica.

II. OBJETIVOS DEL PROYECTO

El presente proyecto de ley es parte de un conjunto de medidas que como Ejecutivo hemos anunciado al respecto. En este contexto, se ha considerado necesario extender el lapso de control que prevé nuestra legislación para optar a la eliminación de antecedentes penales por parte de condenados por delitos de esta naturaleza, evitando de este modo que las personas condenadas puedan sustraerse de la publicidad de su condena y del acceso a esta información de parte de personas o agrupaciones que se vinculen al trabajo con niños, niñas y adolescentes.

Asimismo, se estima importante aumentar la penalidad del delito de comercialización, importación, exportación, distribución, difusión o exhibición de material pornográfico infantil. La punición de este delito supone un adelantamiento de la protección de la libertad e indemnidad sexual de los menores de edad, imposibilitando, formalmente, la consideración de éstos como objeto sexual.

Por estas mismas consideraciones, esto es, la gravedad y consecuencias de los delitos sexuales cometidos contra menores de edad, como en el convencimiento que para la obtención de beneficios intra-penitenciarios se requiere de un esfuerzo y actividad adicional del condenado, se considera fundamental aumentar los períodos de observación y cumplimiento de la pena impuesta para acceder al beneficio de la Libertad Condicional y la eliminación de antecedentes prontuariales.

Por último, se considera de suma importancia perfeccionar el régimen jurídico de agravación punitiva establecido para quienes incurren en conductas que afectan la indemnidad sexual desde una posición de privilegio. Esto, dado que la afectación al bien jurídico ocurre desde el acceso, vigilancia e influencia que se ejerce respecto de niños, niñas y...

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