Agenda antiabusos y competencia - 14 de Noviembre de 2019 - El Mercurio - Noticias - VLEX 826180409

Agenda antiabusos y competencia

Los casos de colusión en diversos ámbitos cuya denuncia remeció al país en la última década han sido señalados como una de las causas que explicarían el malestar ciudadano expresado estas semanas. Diversas figuras públicas han salido a plantear la necesidad de cambios para endurecer la actual legislación en esta materia. Incluso el ministro del Interior ha afirmado que "tenemos evidencias de prácticas anticompetitivas, de colusiones, de oligopolios con regulaciones débiles que hay que corregir". Tratándose de un tema especialmente sensible para la ciudadanía, es importante, sin embargo, que su discusión sea abordada con rigor.Desde luego, no cabe obviar que, con las modificaciones introducidas en 2016 después del caso del confort, la Ley Antimonopolios chilena ha pasado a ser altamente punitiva, en línea con las legislaciones de los Estados Unidos y de la Unión Europea, los referentes actuales en políticas de competencia. De hecho, se dispone de una Fiscalía de Libre Competencia con atribuciones invasivas, personal de buen nivel y recursos suficientes para su trabajo. Las multas para los carteles son elevadas, pudiendo llegar al 30% de las ventas en el rubro cartelizado durante todo el período de colusión; en la Unión Europea solo alcanzan a un máximo de 10% de las ventas globales de un año, y en EE.UU. son más bajas. Existe además un procedimiento expedito del Tribunal para indemnizar a los afectados por el cartel. Esto significa que las empresas coludidas deben devolver todas las ganancias que obtuvieron con su conducta delictual, aparte de las multas.Para los responsables en casos de colusión, la ley considera penas de cárcel de hasta diez años e incluye disposiciones para suspender al menos por un año el acceso a beneficios alternativos, y la prohibición de ser director o ejecutivo de empresas abiertas en bolsa por un período de varios años. Quienes mientan en sus declaraciones ante el fiscal arriesgan cárcel, y se arresta a los que entorpezcan los procedimientos. Se trata en este aspecto de una normativa más dura que la europea (que no castiga con cárcel) y comparable con la de EE.UU., aunque en ese país la indemnización puede llegar a ser de tres veces el daño, pero con multas más bajas.La reforma de 2016...

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