Decreto núm. 1903, publicado el 04 de Febrero de 1989. APRUEBA PRORROGA Y MODIFICACION A CONVENIO ENTRE EL MINISTERIO DEL INTERIOR Y LAS AGENCIAS VOLUNTARIAS, AGENCIA DE DESARROLLO Y RECURSOS ASISTENCIALES Y OBRAS FILANTROPICA Y ASISTENCIA SOCIAL ADVENTISTA (ADRA/OFASA). TRAMITE EXTRAORDINARIO DE URGENCIA - MINISTERIO DEL INTERIOR - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 471022770

Decreto núm. 1903, publicado el 04 de Febrero de 1989. APRUEBA PRORROGA Y MODIFICACION A CONVENIO ENTRE EL MINISTERIO DEL INTERIOR Y LAS AGENCIAS VOLUNTARIAS, AGENCIA DE DESARROLLO Y RECURSOS ASISTENCIALES Y OBRAS FILANTROPICA Y ASISTENCIA SOCIAL ADVENTISTA (ADRA/OFASA). TRAMITE EXTRAORDINARIO DE URGENCIA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DEL INTERIOR
Rango de LeyDecreto

APRUEBA PRORROGA Y MODIFICACION A CONVENIO ENTRE EL MINISTERIO DEL INTERIOR Y LAS AGENCIAS VOLUNTARIAS, AGENCIA DE DESARROLLO Y RECURSOS ASISTENCIALES Y OBRAS FILANTROPICA Y ASISTENCIA SOCIAL ADVENTISTA

(ADRA/OFASA). TRAMITE EXTRAORDINARIO DE URGENCIA

Santiago, 26 de Diciembre de 1988.- Hoy se decretó lo que sigue:

Núm. 1.903.- Teniendo presente:

Que con fecha 08 de Julio de 1987 se suscribió un convenio entre el Ministerio del Interior y las Agencias Voluntarias denominadas en conjunto ADRA/OFASA en virtud del cual se formalizó para dicho año, la asistencia técnica alimentaria que con las referidas Entidades apoyan al Programa de Centros Abiertos que lleva a cabo el Supremo Gobierno con la colaboración de la Fundación de Ayuda a la Comunidad para la atención de niños gue asisten a dichos Centros:

Que siendo necesario formalizar para el año 1988, la asistencia referida, las partes han suscrito con fecha 22 de Octubre de 1988 un convenio en los mismos términos del celebrado el 09 de Julio de 1985, aprobado por Decreto Supremo No. 989, de 31 de Julio de ese mismo año, del Ministerio del Interior, prorrogado y modificado para los años 1986 y 1987, con fecha 20 de Marzo de 1986 y 23 de Junio de 1987, respectivamente, aprobados por los Decretos Supremos N°s. 369 y 1112, de fecha 21 de Abril de 1986 y 07 de Agosto de 1987, también respectivamente, todos del Ministerio del Interior;

Que para perfeccionar ese acto es necesario que se dicte el correspondiente Decreto Supremo aprobándolo, y Visto: Lo dispuesto en el Artículo 32 No. 8 de la Constitución Política de la República de Chile, en los Decretos Supremos N°s. 989, 369 y 1112, de 31 de Julio de 1985, de 21 de Abril de 1986 y 07 de Agosto de 1987, respectivamente, todos ellos del Ministerio del Interior y lo prevenido en el Artículo 10 de la Ley No. 10.336, Orgánica de la Contraloría General de la República,

D e c r e t o:

Artículo primero

Apruébase el convenio suscrito con fecha 22 de Octubre de 1988 entre el Ministerio del Interior, representado por el Sr. Ministro de la Cartera, don Carlos Francisco Cáceres C. y las Agencias Voluntarias "Agencia de Desarrollo y Recursos Asistenciales", denominadas en conjunto ADRA/OFASA, compareciendo en su representación Don Walter C. Britton en su calidad de Director en Chile, el que tiene como objeto específico formalizar para el año 1988, la asistencia técnico alimentaria convenida...

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