Advierten que uso de testigos protegidos es problemático para derecho a defensa y creen necesaria reforma al sistema - 20 de Abril de 2023 - El Mercurio - Noticias - VLEX 929247642

Advierten que uso de testigos protegidos es problemático para derecho a defensa y creen necesaria reforma al sistema

A nadie dejó indiferente la resolución del Juzgado de Garantía de Temuco que, este martes, dispuso entregar a la defensa del vocero de la Coordinadora Arauco Malleco (CAM) Héctor Llaitul el nombre de cinco testigos protegidos por el Ministerio Público en la indagatoria que se sigue en su contra por infracción a la Ley de Seguridad del Estado (LSE), usurpación de terrenos, robo de madera, así como por amenazas a la autoridad.La magistrada Viviana García, quien dirige la preparación de juicio oral, fundó su decisión en "un vicio formal", alegado por la Defensoría Penal Pública.El fallo generó críticas entre agrupaciones y gremios afectados por la violencia rural en la zona (ver nota en C6). También declaraciones de autoridades de gobierno, como el ministro de Justicia, Luis Cordero, y su par de Interior, Carolina Tohá. El primero dijo que en este caso se da la tensión típica "entre la eficacia del sistema y los derechos de la defensa"; la segunda adelantó que su cartera, como querellante, buscará revertir la resolución.La problemática que abre el uso de testigos protegidos en los juicios fue abordada por penalistas con "El Mercurio"."Cede en favor de la defensa""Existe una tensión entre el derecho de la defensa a conocer todos los antecedentes que obran en la investigación y la protección de víctimas y testigos", comenta la abogada Catherine Lathrop, y añade que "dicha tensión, en nuestro sistema, y tal como está, cede en favor de la defensa".El profesor de la Universidad Diego Portales (UDP) Héctor Hernández recuerda que, según el régimen general establecido en el Código Procesal Penal, estas medidas de protección "que tienen que ver con su individualización, son de resorte judicial. Se podrá disputar eso, pero en principio los tribunales tienen esa atribución", aunque, dice, existen normas especiales para ello en las leyes de drogas y antiterrorista, no así en la LSE.Por su parte, el litigante Alejandro Espinoza estima que "en casos calificados, se debe proteger a los testigos, y en particular, mantener en reserva su identidad y domicilio, pues ello no obsta el ejercicio del derecho a defensa, siempre que, por ejemplo, esta conozca el contenido de la declaración del testigo"."En el contexto de la zona sur, dar a conocer identidades de los testigos que piden protección desincentiva no solo que declaren, también las denuncias y, en definitiva, se pone en riesgo la persecución de graves delitos", dice.Su par, Samuel Donoso, sin embargo...

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