ADTREX SpA - 15 de Septiembre de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 943060440

ADTREX SpA

Número de registroCVE-2378236
Fecha de publicación15 Septiembre 2023
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta43.654
CVE 2378236 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.654 | Viernes 15 de Septiembre de 2023 | Página 1 de 1
Empresas y Cooperativas
CVE 2378236
EXTRACTO
Jorge Reyes Bessone, Notario Público Titular de San Miguel, con oficio en Gran Avenida
4886, comuna de San Miguel, certifica que por escritura pública Repertorio N° 1246, hoy ante
mí; Mariano Alfredo Casera Ubilla, C.I. N°8.531.619-2, abogado, en representación de Diego
Javier Rosales, argentino, DNI N° 24.067.081, Pasaporte N° AAF372185, C.I. N° 28.161.532-7,
domiciliados Monseñor Sotero Sanz N° 100, OF 604, Providencia, constituyó Sociedad por
Acciones denominada ADTREX SpA. DURACION. Indefinida. DOMICILIO. Ciudad y
Provincia de Santiago, comuna de Providencia, Región Metropolitana, sin perjuicio de los
domicilios especiales, oficinas, agencias o sucursales que los socios acuerden establecer, en el
país o en el extranjero. OBJETO SOCIAL (a) La inversión en toda clase de bienes corporales o
incorporales, muebles o inmuebles, la adquisición y enajenación a cualquier título,
arrendamiento y explotación en cualquier forma de bienes muebles o raíces; la planificación,
administración, ejecución, desarrollo, gestión, comercialización y explotación de proyectos y
negocios inmobiliarios y de bienes inmuebles, propios o ajenos o por cuenta propia o de terceros,
y en todas sus formas; (b) El desarrollo de todo tipo de inversiones con fines rentísticos, en Chile
y/o en el extranjero, por cuenta propia o ajena, la adquisición, enajenación y administración de
toda clase de valores mobiliarios, incluyendo acciones, bonos, efectos de comercio, derechos en
sociedades de cualquier naturaleza y todo otro tipo de valores; (c) El desarrollo e
implementación de proyectos de inversión, la promoción y desarrollo de toda clase de negocios,
sean industriales o de servicios. Para estos fines, podrá dedicarse a la compraventa de empresas y
a la comercialización de bienes; (d) Formar, participar e invertir en otras sociedades de cualquier
naturaleza, constituir toda clase de sociedades, cooperativas, comunidades, corporaciones,
fundaciones e incorporarse a otras ya existentes, desarrollar actividades de su giro por sí misma o
a través de sociedades que se constituyan al efecto, como socia, accionista o de cualquier otra
manera; (e) la representación de agencias o filiales de empresas extranjeras, como cualquiera otra
comisión o mandato mercantil; y, asimismo, el desempeño de agencias o representaciones, en el
exterior, de empresas o mandantes chilenos o extranjeros; (f) la realización de todo tipo de
estudios, asesorías y consultorías de carácter comercial, económico, financiero, de gestión,
estadísticos y técnico; y (g) En general, cualquier otro acto o negocio lícito necesarios o
convenientes para desarrollar y que derive del giro social, los complemente o sea una
consecuencia de los mismos. CAPITAL. $10.000.000.-, dividido en 1.000 acciones ordinarias y
nominativas, de igual valor y sin valor nominal, las que se suscriben, enteran y pagan de la
siguiente manera: a) $4.000.000., por 400 acciones, que el accionista, Diego Javier Rosales a
través de mandatario suscribe y paga en este acto en dinero efectivo; y, ii) $6.000.000.-, en
dinero efectivo, por 600 acciones quien, a través de mandatario, suscribe, y se obliga a pagar
dentro del plazo de 3 años contados desde la fecha de constitución de la sociedad. Demás
estipulaciones escritura extractada. Se incluyen otras menciones que no son materia de extracto y
que constan escritura extractada. San Miguel, 12 septiembre de 2023.-

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