Administradora de Fondos de Inversión Privado Samag S.A.
Fecha de publicación | 18 Enero 2021 |
Número de registro | CVE-1881339 |
Sección | Empresas y Cooperativas |
Número de Gaceta | 42.857 |
CVE 1881339 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 42.857 | Lunes 18 de Enero de 2021 | Página 1 de 1
Empresas y Cooperativas
CVE 1881339
EXTRACTO
SANDRA ELIANA CÁRCAMO VELÁSQUEZ, Notario Público Titular de la Tercera
Notaría de Puerto Varas, San Bernardo 224, comuna de Puerto Varas, certifica: Que por escritura
pública de fecha 28/12/2020, repertorio N° 2232/2020 ante mí, HANBAO NEUE ENERGIEN
CHILE SpA, Rol Único Tributario N° 76.808.087-9 y SINCOS AG, Rol Único Tributario N°
59.284970-4, ambas debidamente domiciliadas en Glamis N°3.200, Comuna de Las Condes,
Santiago; constituyeron una sociedad anónima, de conformidad a las disposiciones de la Ley
18.815. Los estatutos de la nueva Sociedad son los siguientes: 1) Razón social: Administradora
de Fondos de Inversión Privado Samag S.A.; 2) Objeto: El objeto exclusivo de la Sociedad es la
administración de fondos de inversión privados, la que se ejercerá a nombre de éstos por cuenta y
riesgo de sus aportantes en los términos que establece la ley 20.712, por la cual puede percibir las
comisiones que se establezcan por los respectivos fondos de inversión privados que administra, y
en general, la ejecución o celebración de cualquier clase de actos o contratos y el desarrollo de
cualquier actividad relacionada en forma directa o indirecta con el objetivo anterior. Los Fondos
de Inversión Privados a administrar, no serán de aquellos regulados ni fiscalizados por la
Comisión de Mercado Financiero y se regirán por las disposiciones del Capítulo V, artículos 84 y
siguientes de la Ley N° 20.712, las del Reglamento de dicha ley y, en subsidio, por las que
estableces los reglamentos internos de los respectivos Fondos; 3) Duración: La duración de la
Sociedad será indefinida; 4) Domicilio: El domicilio de la Sociedad es la cuidad de Santiago, sin
perjuicio de que pueda establecer oficinas, filiales, agencias o sucursales en otros lugares dentro
y/o fuera del país; 5) Capital: El capital de la Sociedad asciende a la suma de $1.000.000,
dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de igual valor cada una, de una misma serie,
sin valor nominal, el cual fue totalmente suscrito y pagado en la forma señalada en escritura
extractada. Demás cláusulas en escritura extractada. Puerto Varas, 11 de enero de 2021.-
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