Decreto 1159 EXENTO - ADJUDICA CONCESIÓN ONEROSA CONTRA PROYECTO EN PROPUESTA PÚBLICA, DE INMUEBLE FISCAL EN LA REGIÓN DE ANTOFAGASTA, A LA SOCIEDAD 'ENEL LATIN AMERICA (CHILE) LIMITADA' - MINISTERIO DE BIENES NACIONALES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 334017730

Decreto 1159 EXENTO - ADJUDICA CONCESIÓN ONEROSA CONTRA PROYECTO EN PROPUESTA PÚBLICA, DE INMUEBLE FISCAL EN LA REGIÓN DE ANTOFAGASTA, A LA SOCIEDAD 'ENEL LATIN AMERICA (CHILE) LIMITADA'

EmisorMINISTERIO DE BIENES NACIONALES
Rango de LeyDecreto
Fecha de entrada en vigor22 de Noviembre de 2011

ADJUDICA CONCESIÓN ONEROSA CONTRA PROYECTO EN PROPUESTA PÚBLICA, DE INMUEBLE FISCAL EN LA REGIÓN DE ANTOFAGASTA, A LA SOCIEDAD "ENEL LATIN AMERICA (CHILE) LIMITADA"

Mediante decreto exento Nº 1.159, de 6 de octubre de 2011, el Ministerio de Bienes Nacionales adjudicó en propuesta pública la concesión onerosa contra proyecto a la Sociedad "Enel Latin America (Chile) Limitada", RUT 96.920.110-0, el inmueble fiscal ubicado en el lugar denominado Zona de Los Vientos a 600 metros al Sur de la Oficina Moreno, comuna de Taltal, Provincia y Región de Antofagasta, Rol de Avalúo Fiscal Nº 5000-2; singularizado en el plano Nº 02104-8.037-C.R., de una superficie de 2.675,97 has., amparado por inscripción global a nombre del Fisco a fs. 96 Nº 90 del Registro de Propiedad del año 2002, del Conservador de Bienes Raíces de Taltal. La concesión se otorga por un plazo de 25 años, contado desde la fecha de suscripción del contrato de concesión; este plazo comprende tanto la Etapa de Construcción, la Etapa de Operación y la Etapa de Abandono. Lo anterior, sin perjuicio de la prórroga que se podrá solicitar a partir del décimo año del contrato y al menos tres años antes del término del plazo, la que no podrá exceder de 25 años contado desde la fecha de aprobación de su ampliación, así como tampoco a 50 años, sumado el plazo original y su prórroga. Los términos y condiciones de dicha prórroga se indicarán en el contrato respectivo. La renta anual de la concesión del inmueble, durante el período de construcción del proyecto, será de UF 1.143, que corresponde a la Renta Mínima Fija. Durante el Período de Operación del proyecto, deberá pagar una renta anual de UF 1.143, que corresponde a la Renta Mínima Fija, más la Renta Variable. Esta renta variable resulta de aplicar el porcentaje de 3,15% (señalado en su Oferta Económica) a sus ingresos anuales generados por su producción de energía, valorizada a costo marginal instantáneo en el punto de conexión del proyecto al Sistema Interconectado, los que deberán ser acreditados con certificación del Centro de Despacho Económico de Carga respectivo mediante informes anuales, atendido que su proyecto estará interconectado a un Sistema. La renta concesional será pagada al contado, en pesos, según la equivalencia de la Unidad de Fomento al día del pago efectivo. El pago de la primera renta deberá efectuarse a la fecha de la firma del contrato concesional. A partir del segundo año, las...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR