Acusación constitucional: nuevas refutaciones - 17 de Septiembre de 2019 - El Mercurio - Noticias - VLEX 812065929

Acusación constitucional: nuevas refutaciones

En entrevista del fin de semana, el exministro de Educación Harald Beyer colocó algunas ideas y antecedentes precisos que se suman a varios cuestionamientos previos que acumula la acusación constitucional en curso contra la ministra Marcela Cubillos. Junto con afirmar que el libelo es de difícil comprensión y que la acusación como instrumento está prevista para infracciones evidentes y no las que se alegan en este caso, el ex secretario de Estado recordó que las objeciones que se imputan sobre falta de ejecución presupuestaria chocan con la norma legal que regula el presupuesto público.Este antecedente sobre la ejecución presupuestaria es de máximo interés, porque se sabe que los primeros capítulos de la acusación despiertan una resistencia relativamente transversal en académicos e incluso exministros de diverso signo. En efecto, los capítulos I y II reprochan a la ministra Cubillos el hacer afirmaciones presuntamente falsas, contrarias a la probidad, y el vulnerar la Ley de Protección de Vida Privada al enviar correos a apoderados (19.628). El capítulo tercero, en tanto, alega que no se ejerció el control jerárquico sobre subordinados, para una más eficiente ejecución de las leyes del ramo. Como se desprende de la clase de imputaciones iniciales, es fácil entender que recaen en zonas que pertenecen a la libertad de emitir opinión e informar -opiniones políticas- y al campo lícito de la prudencia política -ejecución de leyes con mayor o menor presteza-. Distinto es el plano de un eventual manejo de los recursos del ministerio que fuese contrario a la ley.Es aquí donde los dichos del exministro son aclaratorios. El capítulo IV de la acusación imputa una infracción a las leyes que regulan la ejecución presupuestaria, por la vía de no haber dispuesto el gasto que ordenan las leyes 21.091 sobre Educación Superior y 21.094 sobre Universidades del Estado. Se alega que se ubica en el rango del 20% de lo dispuesto por la ley y se imputa intención torcida. Pero ocurre...

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