Acuerdo sobre Seguridad Social entre la República de Chile y el Reino Unido de los Países Bajos, adoptado en La Haya el 15 de junio de 2005, que modifica el Convenio de Seguridad Social entre la República de Chile y el Reino de los Países Bajos, suscrito en Santiago el 10 de enero de 1996.
Fecha | 13 Junio 2007 |
Fecha de registro | 13 Junio 2007 |
Número de Iniciativa | 5115-10 |
Etapa | Tramitación terminada En tramitación |
Materia | ACUERDOS INTERNACIONALES, SEGURIDAD SOCIAL |
Cámara Legislativa de Origen | Mensaje,Cámara de Diputados |
Tipo de proyecto | Proyecto de acuerdo |
MENSAJE DE S.E. LA PRESIDENTA DE LA REPUBLICA CON EL QUE INICIA UN PROYECTO DE ACUERDO QUE APRUEBA EL ACUERDO SOBRE SEGURIDAD SOCIAL ENTRE LA REPUBLICA DE CHILE Y EL REINO DE LOS PAISES BAJOS, ADOPTADO EN LA HAYA, EL 15 DE JUNIO DE 2005, QUE MODIFICA EL CONVENIO DE SEGURIDAD SOCIAL ENTRE LA REPUBLICA DE CHILE Y EL REINO DE LOS PAISES BAJOS, SUSCRITO EN SANTIAGO, EL 10 DE ENERO DE 1996.
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SANTIAGO, 9 de abril de 2007.-
M E N S A J E Nº 27-355/
Honorable Cámara de Diputados:
A S.E. EL
PRESIDENTE
DE LA H.
CAMARA DE
DIPUTADOS.
Tengo el honor de someter a vuestra consideración el Acuerdo sobre Seguridad Social entre la República de Chile y el Reino de los Países Bajos, adoptado en La Haya, el 15 de junio de 2005, que Modifica el Convenio de Seguridad Social entre la República de Chile y el Reino de los Países Bajos suscrito en Santiago, el 10 de enero de 1996. I.ANTECEDENTES.El Convenio de Seguridad Social suscrito con el Reino de los Países Bajos, el 10 de enero de 1996, fue promulgado mediante Decreto Supremo Nº 69, de fecha 17 de enero de 1997, del Ministerio de Relaciones Exteriores, y publicado en el Diario Oficial el 20 de marzo de 1997.
En el curso de su vigencia, ambas Partes arribaron a la conclusión de que era preciso enmendar el referido instrumento internacional, con el propósito de ajustarlo a las actualizaciones introducidas a la legislación chilena como neerlandesa.
Con tal propósito, desde el año 2000 se llevó a cabo la renegociación del Convenio vigente, la que permitió, posteriormente, la firma del Acuerdo Modificatorio que se somete ahora a la aprobación de Vuestras Señorías.
II. CONTENIDO DEL ACUERDO.El presente Acuerdo consta de un Preámbulo, que consigna el propósito que motivó a las Partes a renegociar el Convenio que rige la materia, y 4 Artículos, que conforman el cuerpo principal y dispositivo, en donde se despliegan las modificaciones que se introducen al referido tratado de seguridad social.
- ARTICULO I.
Esta disposición contiene 3 numerales, los cuales contemplan, respectivamente, las nuevas materias que ambos países introdujeron al texto del Convenio de Seguridad Social vigente. Así, para una mejor aplicación del articulado de éste, se consideró conveniente reemplazar el párrafo h del Artículo 1, que contiene las “Definiciones”, y las letras A. y B. del numeral 1 del Artículo 2, referido al “Ambito de Aplicación”, incluyendo, respectivamente, en un solo todo las prestaciones antiguas como las que se incorporan mediante este nuevo instrumento.
En particular, el numeral 1 alude al Artículo 1, párrafo h del Acuerdo, que establece el término “Beneficios”, al cual se le agrega la frase final “conforme a la legislación mencionada en el Artículo 2”...
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