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Acuerdo núm. S/N, publicado el 19 de Junio de 2020. MODIFICA ACTA 107-2017

Publicado enDiario Oficial
EmisorCORTE SUPREMA
Rango de LeyAcuerdo

MODIFICA ACTA 107-2017

Santiago, nueve de junio de dos mil veinte.

Con la cuenta dada de las estadísticas sobre el ingreso de recursos que registran la Primera y Cuarta Sala de esta Corte y considerando la disposición de los presidentes de cada una de esas salas para reorganizar –de acuerdo a lo mandatado por este tribunal– la distribución de materias con miras a equiparar las cargas de trabajo, se acuerda modificar el acta 107-2017, "Auto Acordado que distribuye las materias que conocen las salas especializadas de la Corte Suprema durante el funcionamiento ordinario y extraordinario", entregando a la Primera Sala, a partir del 1 de junio del año en curso y para el régimen de funcionamiento imperante, esto es, el extraordinario, el conocimiento de los recursos ordinarios y extraordinarios en materia civil y comercial que recaigan en procedimientos sumarios regulados en el Código de Procedimiento Civil, los contemplados en el DL 2.695 y en las leyes de arrendamiento de predios urbanos y rústicos, con excepción de los asuntos cuyo conocimiento corresponda a la Tercera o a la Cuarta Sala. En consecuencia, todos los recursos que recaigan en las materias indicadas y cuyo examen de admisibilidad se encuentre pendiente, serán entregados a la Primera Sala para el referido estudio y su correspondiente resolución.

En razón de lo acordado, se sustituyen los apartados denominados "A.- Primera Sala o Sala Civil" y "D.- Cuarta Sala o Sala Laboral y Previsional" que se leen en el numeral Segundo del auto acordado citado, que regula el funcionamiento extraordinario, por los que siguen:

"A.- Primera Sala o Sala Civil:

  1. - De los recursos ordinarios y extraordinarios de conocimiento de la Corte Suprema en materia civil y comercial, incluidos los asuntos conocidos por jueces árbitros, los juicios ejecutivos, de quiebra, de liquidación, renegociación y reorganización; de responsabilidad extracontractual entre particulares, con excepción de los asuntos cuyo conocimiento corresponda a la Tercera o a la Cuarta Sala.

  2. - De los recursos ordinarios y extraordinarios de conocimiento de la Corte Suprema en materia civil y comercial, que recaigan en procedimientos sumarios regulados en el Código de Procedimiento Civil, aquellos contemplados en el DL 2.695 y en las leyes de arrendamiento de predios urbanos y rústicos, con excepción de los asuntos cuyo conocimiento corresponda a la...

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