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Acuerdo no. 783, de la Sala de Gobierno del Tribunal Supremo de Justicia, de 21 de agosto de 1961, sobre los Estudios de Socialism

Páginas415-418
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Compendio de dereCho proCesal Civil romano
acuerdo no. 783, de la sala de Go Bierno del triBunal
suPremo de justicia, de 21 de aGosto de 1961, soBre los
estudios de socialismo*
La Revolución Cubana, al proclamar su carácter democrático y
socialista, ha sentado las bases de un porvenir grandioso para nuestra
Patria. Esto obliga a todos los cubanos a someter a un análisis riguroso
el nuevo panorama y les impone la gran tarea de conocer los objetivos
y los problemas del socialismo en esta etapa de transición.
Los Tribunales de Justicia no pueden permanecer ajenos a esa gran
tarea, porque bajo un régimen socialista están llamados a proteger
con métodos especiales, sólo a ellos inherentes, la legalidad y el orden
socialistas.
La función de los tribunales es esencialmente la de administrar
justicia. Esto signica que antes de dictar sentencia tienen que
investigar cuál es la norma aplicable al caso concreto sometido a su
decisión, aplicándola según la comprendan, después de estudiarla de
modo concienzudo. Pero aquí no se detiene la justicia socialista; ella
sirve además a la edicación y al aanzamiento del socialismo, ya que
los tribunales al decidir cada caso (al absolver o sancionar al acusado,
o dictar sentencia frente a una pretensión civil) educan al ciudadano en
la delidad a la Patria socialista y a sus instituciones; en la observancia
inexible de las leyes vigentes; en la buena administración de la
propiedad socialista; en el respeto a los derechos políticos, laborales,
de propiedad y otros inherentes al hombre que trabaja, así como a
los derechos e intereses de las instituciones y empresas del Estado,
las cooperativas y otras organizaciones sociales; en el respeto a la
disciplina del trabajo; en la actitud honrada ante el deber cívico y
social y en el cumplimiento de las reglas esenciales de convivencia en
la sociedad socialista.
Esta misión fundamental impone a todos los hombres que trabajan al
servicio de la justicia, el deber indeclinable de desarrollar su conciencia
política para marchar a tono con el progreso de la Revolución, la cual
Publicado en Revista cubana de Jurisprudencia, año 1, no. 1, Distribuidora Nacional de Pub-
licaciones, La Habana, enero de 1962, pp. 91-93.

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