Acuerdo Nº 2437-03-211111 del Banco Central de Chile, 12 noviembre 2021 - Normativa - VLEX 915695644

Acuerdo Nº 2437-03-211111 del Banco Central de Chile, 12 noviembre 2021

Fecha de publicación12 Noviembre 2021
Año2021
Número de acuerdo2437-03-211111
ACUERDO ADOPTADO POR EL CONSEJO DEL
BANCO CENTRAL DE CHILE EN SU SESIÓN ORDINARIA Nº 2437
Certifico que el Consejo del Banco Central de Chile, en su Sesión Ordinaria
2437, celebrada el 11 de noviembre de 2021, adoptó el siguiente Acuerdo:
2437-03-211111 Modifica los términos y condiciones de la Línea de Crédito de Liquidez (LCL)
en moneda nacional, autorizada por Acuerdo N° 2297E-02, de 26 de marzo de 2020.
I. Aprobar las siguientes modificaciones a los términos y condiciones de la Línea de Crédito de
Liquidez (LCL) en moneda nacional, autorizada por Acuerdo N° 2297E-02, de 26 de marzo de
2020, (Regulación de la LCL):
a. Autorizar la renovación de la LCL hasta el 30 de agosto de 2022, a las empresas bancarias
que mantengan créditos contraídos con cargo a ella. Para acceder a esta renovación, la
empresa bancaria que así lo requiera deberá suscribir una modificación al Contrato de
Línea de Crédito de Liquidez en Moneda Nacional a Empresas Bancarias, en los términos
del Anexo N° 2 de la Regulación de la LCL.
b. Los créditos vigentes otorgados con cargo a la LCL por el Banco Central de Chile (BCCh)
a las empresas bancarias que accedan a esta renovación, pasarán a estar sujetos, a contar
del 1 de abril de 2022, a las siguientes condiciones:
Los créditos vencerán y se renovarán de forma automática y sucesiva, por períodos
semanales, el día jueves de cada semana o el día hábil bancario siguiente cuando
aquél fuera inhábil, salvo que la empresa bancaria exprese lo contrario el día hábil
bancario anterior a la siguiente renovación, pagando a su vencimiento el capital e
intereses devengados correspondientes a él o los créditos otorgados por el BCCh
que la empresa bancaria decida no renovar.
Sin perjuicio de lo anterior: a) Para acceder a cada una de las renovaciones
semanales, la respectiva empresa bancaria deberá pagar obligatoriamente al BCCh
una suma aproximada al equivalente al 4,5% del monto total de créditos cursado
por ella con cargo a la LCL, que hayan estado vigentes al 1 de abril de 2022, con
el fin de que cada mes se pague aproximadamente un 20% del citado total de
créditos. El monto exacto del prepago será comunicado por el BCCh a cada
empresa bancaria semanalmente; y b) Con todo, el plazo máximo de vencimiento
de todas las operaciones cursadas con cargo a la LCL y renovadas de acuerdo con
lo antes indicado, será el 30 de agosto de 2022.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR