Acuerdo Nº 946-01-011031 del Banco Central de Chile, 31 octubre 2001 - Normativa - VLEX 915694127

Acuerdo Nº 946-01-011031 del Banco Central de Chile, 31 octubre 2001

Fecha de publicación31 Octubre 2001
Año2001
Número de acuerdo946-01-011031
Prosecretaría
ACUERDO ADOPTADO POR EL CONSEJO DEL
BANCO CENTRAL DE CHILE EN SU SESIÓN N° 946
CERTIFICO que el Consejo del Banco Central de Chile en su Sesión
N° 946, celebrada el 31 de octubre de 2001, adoptó el siguiente Acuerdo:
946-01-011031- Modifica Compendio de Normas Financieras.
Se acordó efectuar las siguientes modificaciones en el Compendio de Normas Financieras:
I. Intercalar en el numeral A.1 de la TERCERA PARTE del INDICE lo siguiente:
“Capítulo IV.B.6.1 Reglamento de Ventas por Ventanilla de Pagarés Descontables del
Banco Central de Chile (P.D.B.C.)”
II. Incorporar el siguiente Capítulo:
Capítulo IV.B.6.1
REGLAMENTO DE VENTAS POR VENTANILLA DE PAGARES DESCONTABLES
DEL BANCO CENTRAL DE CHILE (P.D.B.C.)
Las ventas por ventanilla de Pagarés Descontables del Banco Central de Chile (P.D.B.C.) se
atendrán a las condiciones que se establecen en el siguiente Reglamento:
Participantes
1.- El Banco Central de Chile podrá invitar a participar en las ventas por ventanilla de
Pagarés Descontables del Banco Central de Chile (P.D.B.C.), a uno o más grupos de
instituciones o agentes financieros, señalados en el Anexo Nº1 del Capítulo IV.B.8 de
este Compendio, según lo determine en cada oportunidad y siempre que hayan suscrito
previamente el respectivo Contrato mediante el cual adhieren al Sistema de Operaciones
de Mercado Abierto (SOMA).
Calendario de ventas por ventanilla
2.- La recepción y aceptación de ofertas de compra por ventanilla de pagarés (P.D.B.C.) se
efectuará en las fechas que el Banco Central de Chile determine.
2.-
Anuncio de ventas por ventanilla
3.- El anuncio de ventas por ventanilla se realizará el mismo día en que éstas se efectúen, o
en una fecha anterior que el Banco Central de Chile determine, lo que deberá
comunicarse a todas las instituciones que tienen derecho a participar a través de
mensajes electrónicos del Sistema de Operaciones de Mercado Abierto (SOMA),
telefónicamente a través de la Mesa de Dinero, o por cualquier otro medio que el Banco
Central estime satisfactorio a su juicio exclusivo, señalando las tasas de interés anuales
vencidas, plazos de las operaciones y demás condiciones financieras de las mismas, las
cuales podrán ser consultadas a través del Sistema de Operaciones de Mercado Abierto
(SOMA).
El Banco Central de Chile, en el acto de anunciar las ventas por ventanilla, podrá
establecer que las instituciones que adquieran pagarés (P.D.B.C.), no podrán, en ese
mismo día, acceder a la línea de crédito de liquidez a que se refieren los Capítulos II.B.1
y II.B.1.1 de este Compendio.
Presentación de las ofertas
4.- Las ofertas deberán presentarse exclusivamente mediante el empleo de un computador
conectado al Sistema de Operaciones de Mercado Abierto (SOMA), a través de la opción
de menú habilitada para tal finalidad en el Módulo Ventas de Instrumentos y conforme se
determine en las respectivas condiciones de venta por ventanilla. Para tal efecto, cada
institución participante contará con un código identificatorio único.
5.- Con ocasión de cada venta por ventanilla de Pagarés (P.D.B.C.), el Banco Central de
Chile determinará el monto mínimo en pesos para la formulación de ofertas de compra y
el múltiplo de presentación para ofertas por montos superiores.
Recepción y aceptación de las ofertas
6.- Las ofertas se recibirán hasta la hora que se precise en el correspondiente anuncio,
señalando las instituciones invitadas los cortes requeridos. En caso de no señalarse la
distribución de láminas, el Banco Central de Chile fijará los cortes que estime
convenientes.
7.- Las ofertas de compra serán aceptadas en forma definitiva por el Banco Central una vez
concluido el horario establecido para su recepción. El monto en pesos que se cobrará por
la venta de los correspondientes pagarés (P.D.B.C.), se indicará a las instituciones
compradoras a través de los mecanismos dispuestos para tal finalidad por el Sistema de
Operaciones de Mercado Abierto (SOMA).
Determinación y pago del precio de adquisición de los Pagarés (P.D.B.C.)
8.- El precio de adquisición de los Pagarés (P.D.B.C.), será el valor que resulte de restar el
descuento ofrecido por el Banco Central de Chile, resultante de la tasa de interés y del
plazo a que se refiere el N°3 de este Capítulo, al valor nominal en pesos vendido por
ventanilla.
En el caso de las empresas bancarias y sociedades financieras, el precio se pagará el
mismo día de la venta por ventanilla de los Pagarés (P.D.B.C.) y se hará efectivo a través
de un cargo en la cuenta corriente que mantenga la respectiva institución compradora en
el Banco Central de Chile.
3.-
Tratándose de las Administradoras de Fondos de Pensiones, Compañías de Seguros y
Administradoras de Fondos Mutuos, el precio se pagará con un vale a la vista a la orden
del Banco Central de Chile, el que deberá ser entregado en la Sección Operaciones de
Mercado Abierto del Banco Central de Chile, Agustinas Nº 1180, 3er. piso, antes de las
15:00 horas del día de la venta por ventanilla. Este vale a la vista se hará efectivo el día
hábil bancario siguiente al de su recepción.
En el evento que una Administradora de Fondos de Pensiones, Compañía de Seguros o
Administradora de Fondos Mutuos no entregue, en tiempo y forma, el correspondiente
vale a la vista, el Banco Central de Chile procederá a dejar sin efecto la respectiva venta
por ventanilla. En esta situación, la Administradora de Fondos de Pensiones, Compañía
de Seguros o Administradora de Fondos Mutuos deberá, además, pagar al Banco Central
de Chile, a título de avaluación anticipada de perjuicios, una cantidad equivalente al 3%
del precio de adquisición. El pago de esta cantidad se efectuará mediante un vale a la
vista a la orden del Banco Central de Chile, el cual deberá ser entregado en la Sección
Operaciones de Mercado Abierto ya citada, antes de las 15:00 horas del día hábil
bancario siguiente al del incumplimiento.
El Gerente General comunicará, a la respectiva Administradora de Fondos de Pensiones,
Compañía de Seguros o Administradora de Fondos Mutuos, por escrito y en cualquier
tiempo anterior a las 12:00 horas del día hábil bancario siguiente al del incumplimiento, la
situación a que se refiere el inciso anterior de este número.
Sin perjuicio de lo anterior, el Banco Central de Chile podrá imponer la medida de
suspensión para participar en las ventas por ventanilla por el tiempo que determine, a la
Administradora de Fondos de Pensiones, Compañía de Seguros o Administradora de
Fondos Mutuos que incurra en este incumplimiento.
Emisión de los Pagarés (P.D.B.C.)
9.- Los Pagarés (P.D.B.C.) serán emitidos en cortes de $5.000.000, $50.000.000,
$100.000.000 y $200.000.000. No obstante lo anterior, el Banco Central podrá establecer
la entrega de un comprobante de custodia por el valor nominal adjudicado.
10.- Para las empresas bancarias y sociedades financieras, los Pagarés se emitirán el mismo
día en que se efectúe la venta por ventanilla. En el caso de las Administradoras de
Fondos de Pensiones, Compañías de Seguros y Administradoras de Fondos Mutuos, los
Pagarés se emitirán al día hábil bancario siguiente al de su venta por ventanilla.
Los pagarés o los comprobantes de custodia, en su caso, se entregarán a las
instituciones adjudicatarias el día hábil bancario siguiente al de la fecha de emisión.
Rescate de los Pagarés (P.D.B.C.)
11.- Los Pagarés (P.D.B.C.) serán rescatados y pagados por el Banco Central de Chile, al
valor nominal de los Pagarés presentados en cobro. Este procedimiento se hará efectivo
a través de un abono en la cuenta corriente de la empresa bancaria o sociedad financiera
que presente el Pagaré (P.D.B.C.) para su cobro a la fecha de su vencimiento.
En el caso de las Administradoras de Fondos de Pensiones, Compañías de Seguros y
Administradoras de Fondos Mutuos, se procederá a pagar los títulos mediante la emisión
de un cheque del Banco Central de Chile. Para este efecto, la Administradora de Fondos
de Pensiones, Compañía de Seguros o Administradora de Fondos Mutuos deberá
presentar los títulos antes de las 12:00 horas del día de su cobro, en el Departamento de
Tesorería del Banco Central de Chile, Agustinas N° 1180, Santiago.

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