Acuerdo núm. 1392, publicado el 01 de Marzo de 2008. ACUERDO ADOPTADO POR EL CONSEJO EN SU SESIÓN Nº 1392 - BANCO CENTRAL DE CHILE - OTROS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 470306878

Acuerdo núm. 1392, publicado el 01 de Marzo de 2008. ACUERDO ADOPTADO POR EL CONSEJO EN SU SESIÓN Nº 1392

Publicado enDiario Oficial
EmisorBANCO CENTRAL DE CHILE
Rango de LeyAcuerdo

ACUERDO ADOPTADO POR EL CONSEJO EN SU SESIÓN Nº 1392

Certifico que el Consejo del Banco Central de Chile en su Sesión Ordinaria Nº 1392, celebrada el 28 de febrero de 2008, adoptó el siguiente Acuerdo:

1392-02-080228 - Nuevas Directrices de Ejecución para la Agencia Fiscal establecida en la Ley sobre Responsabilidad Fiscal, relacionadas con la administración de los recursos del Fondo de Reserva de Pensiones y el Fondo de Estabilización Económico y Social, así como a la retribución anual a que tendrá derecho el Agente Fiscal.

El Consejo adoptó el siguiente Acuerdo:

  1. Aceptar las nuevas Directrices de Ejecución impartidas por el señor Ministro de Hacienda mediante sus Oficios N°s 204, 205 y 206, de fecha 26 de febrero de 2008, cuyas funciones encomendadas al Banco Central de Chile en su carácter de Agente Fiscal corresponden a la Agencia Fiscal aceptada mediante Acuerdo N° 1321-01-070222, adoptado en Sesión de Consejo de fecha 22 de febrero de 2007, la cual fuera encomendada mediante Decreto Supremo N° 1.383 del Ministerio de Hacienda (el "Decreto de Agencia Fiscal"), de 2006, publicado en el Diario Oficial de fecha 17 de febrero de 2007, para que actúe en nombre y por cuenta del Fisco, en el desempeño de todas o algunas de las funciones señaladas en el artículo 4° del Decreto de Agencia Fiscal, y las instrucciones específicas para la Agencia Fiscal impartidas en las Directrices de Ejecución propuestas en su oportunidad. Las referidas nuevas Directrices se refieren a la Inversión de los recursos fiscales administrados por el Agente Fiscal conforme al Acuerdo N° 1321-01-070222 y, asimismo, a la retribución anual pagadera a éste por concepto de lo dispuesto en el artículo 9° letra a) del Decreto Supremo mencionado.

  2. Dejar constancia que la retribución para el Agente Fiscal acordada para el período comprendido entre el día 1° de marzo de 2008 y el día 28 de febrero de 2009, se determinó en conformidad con lo previsto...

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