Acuerdo adoptado por el Consejo del Banco Central de Chile en su sesión ordinaria Nº 2536 - 7 de Marzo de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 924201860

Acuerdo adoptado por el Consejo del Banco Central de Chile en su sesión ordinaria Nº 2536

Fecha de publicación07 Marzo 2023
Número de registroCVE-2281792
SecciónNormas Generales
EmisorBANCO CENTRAL DE CHILE
Número de Gaceta43.495
CVE 2281792 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.495 | Martes 7 de Marzo de 2023 | Página 1 de 1
Normas Generales
CVE 2281792
BANCO CENTRAL DE CHILE
ACUERDO ADOPTADO POR EL CONSEJO DEL
BANCO CENTRAL DE CHILE EN SU SESIÓN ORDINARIA Nº 2536
Certifico que el Consejo del Banco Central de Chile, en su Sesión Ordinaria Nº 2536,
celebrada el 2 de marzo de 2023, adoptó el siguiente Acuerdo:
2536-02-230302 – Aprueba aumento de capital suscrito en el Fondo Latinoamericano de
Reservas.
1. Aprobar que el Banco Central de Chile (BCCh), en su calidad de Banco Central Asociado
del Fondo Latinoamericano de Reservas (FLAR), solicite al FLAR que apruebe un aumento del
capital suscrito por el BCCh en USD 100.000.000 (cien millones de dólares de los Estados
Unidos de América), quedando el capital suscrito por el BCCh en el FLAR en USD 600.000.000
(seiscientos millones de dólares de los Estados Unidos de América), dejando expresa constancia
que dicho aumento será pagado exclusivamente mediante la capitalización de utilidades que
tenga derecho a recibir de parte del FLAR.
2. Facultar al Gerente General del BCCh para que envíe la solicitud mencionada en el
acápite anterior y que, una vez ésta sea aprobada tanto por el Directorio como por la Asamblea
del FLAR, negocie y suscriba la documentación y actos administrativos que sean necesarios para
la ejecución de este Acuerdo.
3. Informar lo resuelto al señor Ministro de Hacienda, para su conocimiento y demás fines
pertinentes.
4. Disponer que el presente Acuerdo se lleve a efecto de inmediato, tan pronto sea adoptado,
sin perjuicio de su posterior publicación en el Diario Oficial.
Santiago, 2 de marzo de 2023.- Juan Pablo Araya Marco, Ministro de Fe.

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