Actuarial Consulting Limitada - 30 de Noviembre de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 954600894

Actuarial Consulting Limitada

Número de registroCVE-2414966
Fecha de publicación30 Noviembre 2023
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta43.714
CVE 2414966 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.714 | Jueves 30 de Noviembre de 2023 | Página 1 de 1
Empresas y Cooperativas
CVE 2414966
EXTRACTO
HUMBERTO QUEZADA MORENO, Abogado, Notario Público, Titular de la Vigésima
Sexta Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo número 3.196, Las Condes,
certifico: Por escritura pública de fecha 6 de noviembre de 2023, ante mí: José Alberto Ampuero
López, domiciliado en Camino del Roble número 1.672, comuna de Huechuraba, ciudad de
Santiago, Región Metropolitana y Yerti Nicole Medina Núñez, domiciliada en Santa Filomena
número 12605, casa E 21, comuna de Colina, ciudad de Santiago, Región Metropolitana,
constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada, de cuyo texto extracto lo siguiente: I.
Razón Social. “Actuarial Consulting Limitada”, pudiendo usar para todos los efectos legales,
fines publicitarios y para actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualquier otro
organismo el nombre de fantasía "Actuarial Consulting Ltda.”. II. Administración. La
administración de la sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y
extrajudicial corresponderá a José Alberto Ampuero López y a Yerti Nicole Medina Núñez,
quienes actuando de forma individual, uno cualquiera de ellos, separada e indistintamente,
contarán con las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos
los actos y celebrar todos los contratos o convenciones de cualquier naturaleza que sean, que se
relacionen directa o indirectamente con el objeto social. Los administradores contarán con las
facultades enunciadas en la escritura extractada. III. Capital. $1.000.000, que los socios aportan y
enteran de la siguiente forma: a) José Alberto Ampuero López, aporta la suma de $500.000,
equivalentes al 50% del capital y los derechos sociales, íntegramente pagados y enterados; y, b)
Yerti Nicole Medina Núñez, aporta la suma de $500.000, equivalentes al restante 50% del capital
y los derechos sociales, íntegramente pagados y enterados. IV. Objeto. El objeto exclusivo de la
sociedad será la prestación de los siguientes servicios profesionales: a) Prestar servicios
profesionales actuariales orientados a la evaluación económica y financiera de la relaciones
contractuales contingentes, en especial la prestación de servicios de asesoría para la industria de
seguros en el área técnico-actuarial, en el diseño y desarrollo de productos y servicios
relacionados con el área, modelos de tarificación, valuación y suficiencia de reservas técnicas,
auditoría de reservas técnicas, análisis de reaseguro, gestión de riesgos, adopción de Normas
Internacionales de Información Financiera o IFRS, planes de pensiones según IAS diecinueve,
NIC diecinueve, entre otras, asistencia actuarial en procesos de fusiones y adquisiciones; b)
Prestar servicios profesionales de contabilidad, teneduría de libros y auditoría, así como
cualquier otro servicio profesional y asesorías de similar naturaleza a las anteriores; c) Prestar
toda clase de servicios profesionales y asesorías vinculadas con la administración de empresas en
cualesquiera de sus formas incluyendo, pero no limitándose, a los aspectos de planificación,
gestión y control de los recursos humanos, financieros y físicos de los clientes, y d) Realización
de todas aquellas actividades complementarias que permitan o faciliten la prestación de los
servicios profesionales y, en general, otras asesorías y servicios profesionales relacionados o
semejantes a los expresados V. Duración. La Sociedad tendrá un plazo de duración de 5 años
contados desde la fecha de la escritura de constitución, prorrogándose automáticamente por
periodos iguales y sucesivos de 2 años cada vez, en la forma señalada en la escritura extractada.
VI. Domicilio. Santiago. Los socios declaran que su responsabilidad queda limitada al monto de
sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. En Santiago, 09 de
noviembre de 2023. HQM NOT PUB.

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