Renta – Actual Ley Sobre Impuesto a la – Art. 31°, N° 5 – Circular N° 132, de 1975 – Res. Exenta N° 43, de 2002. - Doctrina Administrativa - VLEX 527492078

Renta – Actual Ley Sobre Impuesto a la – Art. 31°, N° 5 – Circular N° 132, de 1975 – Res. Exenta N° 43, de 2002.

Fecha de Resolución 7 de Octubre de 2004

RENTA – ACTUAL LEY SOBRE IMPUESTO A LA – ART. 31°, N° 5 – CIRCULAR N° 132, DE 1975 – RES. EXENTA N° 43, DE 2002. (ORD. Nº 4.629, DE 07.10.2004)

Tratamiento Tributario de los Neumáticos para Faenas Mineras frente a las Normas del N° 5 del Artículo 31° de la Ley de la Renta – Corresponde a esta Dirección Nacional la fijación de los años de vida útil normal de los bienes que conforman el activo inmovilizado de las empresas para los efectos de su depreciación tributaria, mediante normas de carácter general aplicable a todos los contribuyentes – Aquellos bienes físicos del activo inmovilizado que no se comprendan en forma genérica o expresamente en las tablas establecidas para tales efectos, en principio el propio contribuyente, deberá fijarle la vida útil a dichos bienes, asimilándolos a aquellos que tengan las mismas características o sean similares a los contenidos en las mencionadas tablas – Los neumáticos de los camiones no deben considerarse como un bien separado – Cuando se trata de la adjudicación o internación de neumáticos para vehículos en general, como bienes independientes del vehículo propiamente tal, éstos adoptan para los efectos tributarios la calidad de repuestos y accesorios de los bienes del activo inmovilizado usados en el negocio o empresa – Tales bienes deben mantenerse en dicho activo por su valor de adquisición, sin perjuicio de la aplicación de las revalorizaciones legales que correspondan, hasta el momento en que sean utilizados en los bienes para los cuales fueron adquiridos – El valor de los citados neumáticos, calificados de repuestos y accesorios, sólo podrá castigarse en el momento en que se empleen en los bienes respectivos, salvo que impliquen una mejora o ampliación de estos últimos, caso en el cual el valor del repuesto o accesorio pasa a incrementar el valor del bien en que se haya empleado, y sujeto por lo tanto a las normas sobre depreciación que afectan al bien al cual se incorporaron

  1. - Por presentación indicada en el antecedente, solicita se tenga a bien emitir un pronunciamiento sobre la materia que se señala, para lo cual se ha considerado los siguientes fundamentos de hecho y derecho:

    1. Mediante Oficio N° 0030 de 04.02.2004, la Subdirección Técnica de la Dirección Nacional de Aduanas ha instruído a las Direcciones Regionales y Administraciones de Aduana que, de los controles efectuados a las operaciones de Pago Diferido contenidas en la Ley 18.634/87, ha detectado el incumplimiento de las normas...

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