Accion popular en materia de denuncias por infraccion a las normas de descanso semanal - Núm. 84, Junio 2020 - Manual ejecutivo laboral - Libros y Revistas - VLEX 850196946

Accion popular en materia de denuncias por infraccion a las normas de descanso semanal

AutorRicardo Garrido C.
Páginas77-77
LA JORNADA DE TRABAJO
Y LOS DESCANSOS
77
ACCION POPULAR EN MATERIA DE DENUNCIAS POR INFRACCION A LAS
NORMAS DE DESCANSO SEMANAL.
Sin perjuicio de las atribuciones de los inspectores del trabajo, los inspectores
municipales y el personal de Carabineros de Chile podrán también denunciar ante la
respectiva Inspección del Trabajo las infracciones de que tomen conocimiento con
ocasión del ejercicio de las funciones que les son propias.
Los Inspectores del Trabajo están facultados para scalizar el cumplimiento de la
legislación laboral.
Adicionalmente, se permite que los Inspectores Municipales y el personal de
Carabineros de Chile puedan también denunciar ante la respectiva Inspección
del Trabajo, aquellas infracciones que en materia de descanso semanal tomen
conocimiento durante el desempeño de sus propias funciones.
JORNADA PARCIAL DE TRABAJO
Normas generales.
· Se podrán pactar contratos de trabajo con jornada a tiempo parcial, consi-
derándose para éste efecto cuando se ha convenido una jornada de trabajo
no superior a dos tercios de la jornada ordinaria, 30 horas en la actualidad.
· En éstos contratos a tiempo parcial se permitirá el pacto de horas extraordi-
narias. La jornada ordinaria diaria deberá ser continua y no podrá exceder de
las 10 horas, pudiendo interrumpirse por un lapso no inferior a media hora ni
superior a una hora para la colación.
· Los trabajadores a tiempo parcial gozarán de todos los demás derechos que
contempla este Código para los trabajadores a tiempo completo.
· En el caso de que la graticación legal se pague de acuerdo al sistema
previsto en el artículo 50, podrá reducirse proporcionalmente, conforme a
la relación que exista entre el número de horas convenidas en el contrato a
tiempo parcial y el de la jornada ordinaria de trabajo.
· Las partes podrán pactar alternativas de distribución de jornada. En este caso,
el empleador, con una antelación mínima de una semana, estará facultado
para determinar entre una de las alternativas pactadas, la que regirá en la
semana o período superior siguiente.
· Para los efectos del cálculo de la indemnización que pudiere corres-
ponderle al trabajador al momento del término de sus servicios, se entenderá
por última remuneración el promedio de las remuneraciones percibidas por
el trabajador durante la vigencia de su contrato o de los últimos once años
del mismo.

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