La acción de inconstitucionalidad en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia - Tratado de las concepciones globales de derecho constitucional contemporáneo - Libros y Revistas - VLEX 976723291

La acción de inconstitucionalidad en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AutorAlan E. Vargas Lima
Cargo del AutorAbogado Especialista en Derecho Constitucional y Procedimientos Constitucionales (UMSA)
Páginas617-640
617
La acción de inconstitucionaLidad e n La jurisprudencia deL tribunaL
constitucionaL pLurinacionaL de boLivia
capÍTulo XXXVii
la acción de inconsTiTuci onalidad en la
Jurisprudencia del Tribun al consTiTucional
plurinacional de boliVia1
Alan E. Vargas Lima2
INTRODUCCIÓN
El presente trabajo pretende exponer los alcances del control de constitu-
cionalidad en Bolivia, sus presupuestos de procedencia, y los ámbitos en que
se desarrolla; asimismo, y en atención a la delimitación temática, nos intere-
sará desarrollar con mayor amplitud, la naturaleza jurídica de la Acción de
Inconstitucionalidad, su conguración normativa en la Constitución Política
1 El presente trabajo fue expuesto inicialmente en el Ciclo de Conversatorios Virtuales
auspiciado por la “Revista Gaceta Derecho”, realizado en fecha 4 de mayo de 2020, con
alcance a nivel nacional. De igual manera, fue presentado en el Simposio Virtual de Derecho
Internacional “Ejercicio del Derecho en tiempos de Emergencia Sanitaria”, organizado por la
Academia de Ciencias Jurídicas de Bolivia y la Carrera de Derecho y Ciencias Políticas
y Sociales de la Universidad Técnica de Oruro, realizado los días 19 y 20 de junio de
2020. Asimismo, fue presentado en el II Seminario Nacional de Actualización en Derecho
Constitucional, organizado por el Centro Internacional para la Formación Superior -
CIFS, realizado los días 24 y 25 de julio de 2020, transmitido en vivo (vía Zoom). También
ha sido presentado en el Primer Congreso Internacional de Derecho Contemporáneo,
fomentado por el Grupo “Aprendiendo Derecho”, en homenaje a Guayaquil (Ecuador)
en sus 485 años de fundación. Finalmente, ha sido remitido al V Congreso Argentino
de Justicia Constitucional, evento organizado por la Asociación Argentina de Justicia
Constitucional, que se realizará en el Centro Provincial de Convenciones de la ciudad de
Paraná, Provincia de Entre Ríos, República Argentina.
2 Abogado Especialista en Derecho Constitucional y Procedimientos Constitucionales
(UMSA). Miembro de la Academia Boliviana de Estudios Constitucionales; del Instituto
Iberoamericano de Derecho Procesal Constitucional – Sección Nacional (Bolivia), del
Instituto Latinoamericano de Investigación y Capacitación Jurídica (LATIN IURIS –
Bolivia), y de la Asociación Euroamericana de Derechos Fundamentales (ASDEFUN –
Bolivia). Miembro Honorario del Consejo Académico de la Sociedad Filosofía y Estado
Constitucional APEX IURIS (Perú); Director adjunto del Centro Iberoamericano de
Investigaciones Jurídicas y Sociales CIIJUS (México) – Capitulo Bolivia; y Secretario
Académico de la Asociación Boliviana de Derecho Procesal Constitucional. Docente
invitado a nivel pregrado y posgrado en distintas Universidades bolivianas. Autor
de distintos Libros sobre Derecho Constitucional, Derecho Procesal Constitucional y
Derechos Humanos. E-mail: alanvargas4784@gmail.com
618
AlAn E. VArgAs limA
del Estado, y su intenso desarrollo en la jurisprudencia del Tribunal Consti-
tucional Plurinacional.
A partir de ello, surge la siguiente hipótesis de investigación: Existe la ne-
cesidad de que los jueces constitucionales en Bolivia, al momento de conocer
casos de inconstitucionalidad de disposiciones legales, consulten los prece-
dentes establecidos por el Tribunal Constitucional Plurinacional para que di-
chos casos de presunta inconstitucionalidad, sean resueltos resguardando la
supremacía constitucional y conforme a las líneas jurisprudenciales vigentes.
Respecto a los objetivos de la presente investigación, se pueden señalar los
siguientes: a) Desarrollar los fundamentos jurisprudenciales del modelo de
control predominantemente concentrado y plural de constitucionalidad en
Bolivia; b) Demostrar la importancia de consultar las principales líneas juris-
prudenciales establecidas por el Tribunal Constitucional Plurinacional, para
cualicar la labor jurisdiccional de los operadores de justicia en la resolución
de casos de presunta inconstitucionalidad.
1. EL NUEVO MODELO DE CONTROL PLURAL DE
CONSTITUCIONALIDAD EN BOLIVIA. DESARROLLO
JURISPRUDENCIAL
Debemos comenzar precisando que una revisión de las reformas y modi-
caciones del sistema constitucional de nuestro país, en cuanto se reere al
sistema de control de constitucionalidad, permite armar que el Estado boli-
viano en su desarrollo histórico-legislativo adoptó los diferentes modelos que
se conocen en la doctrina del Derecho Procesal Constitucional.
Así en un primer momento de su vida republicana (1826 – 1861), bajo la
inuencia del liberalismo francés, conguró un modelo político de control de
constitucionalidad a través de un Consejo de Estado; en una segunda etapa
(1861 – 1994), adoptó el modelo americano, es decir, el sistema jurisdiccional
difuso de control de constitucionalidad a través de la Corte Suprema de Justicia;
en la tercera etapa (1994 – 2009), adoptó el sistema jurisdiccional concentrado de
control de constitucionalidad con la atribución exclusiva del control a un órgano
especializado proveniente del modelo europeo, que fue denominado Tribu-
nal Constitucional; y nalmente, en la cuarta etapa (2009 hacia adelante), se ha
congurado constitucionalmente un sistema predominantemente concentrado y
plural de constitucionalidad en Bolivia, según lo ha precisado la propia jurispru-
dencia del Tribunal Constitucional Plurinacional, a partir de la interpretación
de las normas establecidas por la Constitución aprobada el año 2009.
En este sentido, y acerca del control plural de constitucionalidad diseñado
en la Constitución Política del Estado aprobada el año 2009, la jurisprudencia
constitucional ha señalado que el reconocimiento transversal de los derechos
de las naciones y pueblos indígena originario campesinos, abarca también al
campo jurídico, pues existe un reconocimiento del pluralismo jurídico iguali-
tario que deriva del reconocimiento constitucional de la igual jerarquía de la
jurisdicción indígena originaria campesina con la ordinaria (art. 179.II de la
CPE) y del sistema jurídico ordinario con el sistema indígena originario cam-
pesino. Entonces, el reconocimiento del pluralismo jurídico igualitario parte
de un dato real: la coexistencia dentro del territorio boliviano de diferentes

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR