Accidentes de tránsito -responsabilidad del conducto -infracciones de tránsito - indemnización - daño material- desvaloriza- ción del vehículo - recurso de apelación. acogido - Fallos cortes de apelaciones - Accidentes de Tránsito. Síntesis Jurisprudencial y Doctrina - Libros y Revistas - VLEX 903499354

Accidentes de tránsito -responsabilidad del conducto -infracciones de tránsito - indemnización - daño material- desvaloriza- ción del vehículo - recurso de apelación. acogido

AutorAníbal Cornejo Manríquez
Páginas153-154
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dañoso. En consecuencia, fue la propia víctima quien incurrió en
culpa infraccional al desatender el mandato contenido en el artículo
129 de la Ley N° 18.290, disposición que obligaba al ciclista a
transitar sólo por las pistas exclusivas y no salir de ellas al
enfrentarse a un cruce.
2.- La responsabilidad extracontractual es aquella que proviene de
un hecho ilícito perpetrado por una persona en perjuicio de otra,
que no constituye la violación de un deber contractual. Luego, el
deber de reparar surge de la transgresión de un deber genérico de
no dañar a otro, que es un principio general de todo ordenamiento
jurídico.
3.- Tratándose de accidentes de tránsito, el derecho chileno
extiende a éstos el régimen general de responsabilidad por
negligencia, que se apoya en un amplio conjunto de reglas del
tránsito, cuya inobservancia da lugar a múltiples hipótesis de culpa
infraccional. Paralelamente se establecen obligaciones de garantía
del propietario y tenedor del vehículo, que adquieren la forma de
una responsabilidad vicaria, que tiene por antecedente la culpa del
conductor, pero que, cumplida esa condición, es estricta respecto
de la víctima de esa negligencia.
34.-
ACCIDENTES DE TRÁNSITO - RESPONSABILIDAD DEL
CONDUCTOR - INFRACCIONES DE TRÁNSITO -
INDEMNIZACIÓN - DAÑO MATERIAL - DESVALORIZACIÓN DEL
VEHÍCULO - RECURSO DE APELACIÓN - RECURSO ACOGIDO
Chandia Cabrera, Escilda y otros c/ Aubazartt Sobino, Maria s/
Indemnización por accidente de tránsito - Recurso de apelación
1ª Sala, Corte de Apelaciones de Concepción
6- 4 - 2015
ROL: 369-13
SÍNTESIS JURISPRUDENCIAL
Por el hecho de carecer de certeza jurídica la sentencia de primera
instancia, a juicio del Tribunal de Alzada, es que debe aplicarse los

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