Abogadas y gremios del Poder Judicial reaccionan a fallo del Pleno de la Corte Suprema que delimita acoso sexual - 24 de Octubre de 2020 - El Mercurio - Noticias - VLEX 850913277

Abogadas y gremios del Poder Judicial reaccionan a fallo del Pleno de la Corte Suprema que delimita acoso sexual

Distintas reacciones generó el fallo conocido este jueves, en el que el Pleno de la Corte Suprema revirtió la decisión del Consejo Superior de la Corporación Administrativa del Poder Judicial (CAPJ), que había removido por acoso sexual al administrador zonal de la CAPJ en Copiapó, Álex Muñoz Prado, sancionándolo, en cambio, por "haber vulnerado las obligaciones especiales a que está sujeto en su condición de personal directivo".Por siete votos contra cinco, el máximo tribunal estimó que la conducta desplegada por el administrador zonal no constituía acoso sexual, pese a que confirmó que incurrió en "acercamientos o contactos físicos innecesarios e indebidos, y profirió expresiones lascivas que vulneraron la dignidad de las funcionarias".La diferencia entre los ministros surge de la interpretación que hizo cada uno de la definición de acoso sexual que el propio Poder Judicial fija en el Acta Nº 103-2018, que establece protocolos para prevenir y denunciar esta conducta, en cuanto debe contener "requerimientos de carácter sexual no consentidos".En opinión del voto de mayoría, ese es "el elemento distintivo" de esta figura."Debe interpretarse de manera restringida"Así, para la penalista Catherine Lathrop, "mas allá de no desconocer que las conductas son inapropiadas y reprochables, respecto de un funcionario y superior jerárquico, el fallo de mayoría me parece relevante, desde la perspectiva de la tipicidad".Lo anterior, dice la abogada, porque "se aplica correctamente el principio de legalidad respecto del concepto de acoso sexual esbozado; su definición se ajusta a derecho al entender que la acepción 'requerimiento' debe interpretarse de manera restringida y no amplia"."Retroceso en las políticas de género"Mientras que las también penalistas Joanna Heskia y Libertad Triviño advierten que la sentencia evidencia una regresión en las normativas que la propia judicatura ha establecido en estas materias."El fallo de mayoría es un tremendo retroceso en las políticas de género dentro del Poder Judicial", al hacer una "interpretación reduccionista del concepto de acoso sexual, el que -a mi juicio- no se condice con lo que la propia acta señalada, y más importante aún, contradice principios establecidos, tanto en el ordenamiento interno como en el internacional", afirma Heskia.Y agrega que "un organismo tan jerárquico como el Poder Judicial debe ser muy estricto con este tipo de comportamientos, toda vez que la libertad de las víctimas se ve reducida...

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