Abastecedora del Comercio SpA 84.348.700-9 - 25 de Febrero de 2022 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 897255905

Abastecedora del Comercio SpA 84.348.700-9

Número de registroCVE-2092443
Fecha de publicación25 Febrero 2022
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta43.188
CVE 2092443 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.188 | Viernes 25 de Febrero de 2022 | Página 1 de 3
Empresas y Cooperativas
CVE 2092443
EXTRACTO
GUSTAVO MONTERO MARTÍ, Notario Público Suplente de la 48° Notaría de Santiago
de don ROBERTO ANTONIO CIFUENTES ALLEL, con domicilio en Avenida Apoquindo
número 3.076, oficina 601, comuna de Las Condes, Santiago, certifico que por escritura pública
de fecha 1 de febrero de 2022, repertorio 1279/2022, ante mí: Uno) Inversiones Gibraltar SpA,
(“Gibraltar”) y Compañía de Inversiones Vilca Limitada, (“Vilca”), en su calidad de únicos
accionistas de Abastecedora del Comercio SpA, Rol Único Tributario N° 84.348.700-9, inscrita a
fojas 3.271, N° 1.887 del Registro de Comercio de Santiago del año 1976 ( “Adelco”, la
“Sociedad” o la “Sociedad Absorbente”); Dos) Gibraltar y Administradora de Empresas
Limitada, (“ADEM”), en su calidad de únicos accionistas de New Antuco SpA, Rol Único
Tributario N° 77.482.609-2, inscrita a fojas 83.907, N° 38.747 del Registro del Comercio de
Santiago del año 2021, (“New Antuco”); Tres) Gibraltar, en su calidad de único accionista de
New Inmo SpA, Rol Único Tributario N° 77.498.575-1, inscrita a fojas 92.408, N° 42.470 del
Registro del Comercio de Santiago del año 2021 (“New Inmo”); Cuatro) Gibraltar, New Inmo,
Comercial e Industrial Cabildo Limitada, (“Cabildo”), e Inmobiliaria e Inversiones Inmo
Limitada, (“Inmo”), todas en su calidad de únicos accionistas de la sociedad Nex Labsa SpA, Rol
Único Tributario N° 77.465.739-8, inscrita a fojas 74.168, N° 34.230 del Registro del Comercio
de Santiago del año 2021 (“Nex Labsa”); y Cinco) Gibraltar, en su calidad de único accionista de
la sociedad New Vilca SpA, Rol Único Tributario N° 77.465.738-K, inscrita a fojas 863, N° 556
del Registro del Comercio de Iquique del año 2021 (“New Vilca”, y conjuntamente con New
Antuco, New Inmo y Nex Labsa, las “Sociedades Absorbidas”); todos domiciliados en Santa
Elena 1761, comuna y ciudad de Santiago, acordaron, entre otras materias: 1) La fusión por
incorporación de New Vilca, New Antuco y New Inmo en la Sociedad Absorbente, siendo esta
última la sociedad sobreviviente que adquiere todos los activos y pasivos de New Vilca, New
Antuco, y New Inmo, sucediendo Adelco a New Vilca, New Antuco, y New Inmo en todos sus
derechos y obligaciones (la “Primera Fusión”); 2) En forma inmediatamente posterior a la
Primera Fusión, se acordó la fusión por incorporación de Nex Labsa en la Sociedad Absorbente,
siendo esta última la sociedad sobreviviente que adquiere todos los activos y pasivos de Nex
Labsa, sucediendo a Nex Labsa en todos sus derechos y obligaciones (la “Segunda Fusión”, y
junto con la Primera Fusión, las “Fusiones”); 3) Efectuar las Fusiones sobre la base de los
balances y estados financieros de las Sociedades Absorbidas y de la Sociedad Absorbente al 31
de diciembre de 2021, previos a las Fusiones, y un balance post-fusión de la Sociedad
Absorbente al 31 de diciembre de 2021, los que se protocolizaron en esta Notaría en la misma
fecha y bajo el mismo N° de repertorio de la escritura extractada; 4) Dejar testimonio que con
motivo de las Fusiones se disuelven New Vilca, New Antuco, New Inmo y Nex Labsa de pleno
derecho y sin que sea necesaria su liquidación, subsistiendo Adelco, como sucesora de las
mismas para todos los efectos legales, adquiriendo la totalidad de sus activos y haciéndose
responsable del pago de la totalidad de sus deudas, pasivos u obligaciones en los términos de
escritura extractada; 5) Que una vez cumplidas las formalidades de inscripción en el Registro de
Comercio y la publicación en el Diario Oficial del presente extracto, los efectos jurídicos de las
Fusiones se retrotraerán a la fecha de la escritura pública extractada; 6) Gibraltar, Vilca, ADEM,
Cabildo e Inmo, como únicos accionistas de la Sociedad Absorbente, producto de las Fusiones
antes mencionadas, acordaron aumentar el capital social en la cantidad de 116.567.280 pesos,
equivalente al capital de las Sociedades Absorbidas a su valor financiero de acuerdo a lo
establecido en los respectivos balances señalados en el número 3) anterior y en la cláusula Nueve
de la escritura extractada, y como consecuencia de lo anterior, modificar los estatutos de Adelco,
sustituyendo el artículo Quinto por el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO. Capital. El capital de la
Sociedad es la cantidad de ciento veintidós millones seiscientos dos mil ciento ochenta y un
pesos, dividido en doscientas tres mil ciento cincuenta y cinco acciones ordinarias y nominativas,
sin valor nominal, de una misma y única serie, sin privilegios y de igual valor cada una, las que

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