Aarón Álvarez Keiber - Universal Leasing Chile Limitada y otras - 15 de Septiembre de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 875698057

Aarón Álvarez Keiber - Universal Leasing Chile Limitada y otras

Número de registroCVE-2006275
Fecha de publicación15 Septiembre 2021
SecciónPublicaciones Judiciales
Número de Gaceta43.055
CVE 2006275 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública III
SECCIÓN
JUICIOS DE QUIEBRA, MUERTES PRESUNTAS, CAMBIOS DE NOMBRE Y RES. VARIAS
Núm. 43.055 | Miércoles 15 de Septiembre de 2021 | Página 1 de 2
Publicaciones Judiciales
CVE 2006275
NOTIFICACIÓN
1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, San Martín N° 950, Comuna de Santiago, en
causa RIT: O-3895-2021, RUC: 21-4-0345469-6, demandante KEIBER AARON ÁLVAREZ,
cédula de identidad N° 26.401.434-4, demandado UNIVERSAL LEASING CHILE LIMITADA,
RUT N° 76.448.280-8, INVERSIONES CONTINENTAL SPA. RUT N° 76.025.845-8,
SOCIEDAD DE INVERSIONES FULL SPA, RUT N° 76.938.225-9, por las acciones de
despido injustificado, indebido o improcedente, nulidad de despido, cobro de prestaciones e
indemnizaciones laborales, se fijó Audiencia Preparatoria (o única) para el día 29 de octubre de
2021, a las 09:40 horas, ella se celebrará bajo la modalidad de video conferencia en plataforma
Zoom, ordenado por resolución fecha tres de septiembre de dos mil veintiuno, desde la cual, el
día fijado para la audiencia, podrá presionar el link que se adjunta a dicha providencia, para
acceder a la agenda de ese día y donde podrá encontrar y acceder a su sala virtual. La totalidad
de los antecedentes se encuentran disponibles en carpeta digital de la causa, en el portal web del
Poder Judicial. Se agrega la siguiente resolución solo para efectos de dar cumplimiento al
artículo 439 del Código del Trabajo. Santiago, diecinueve de julio de dos mil veintiuno. Vistos.
A lo principal: Téngase por interpuesta demanda en procedimiento de aplicación general.
Traslado; debiendo procurar el Centro de Notificaciones la gestión prioritaria de la notificación
respectiva. Cítese a las partes a una audiencia preparatoria, para el día 27 de septiembre de 2021
a las 9:00 horas, piso 6, sala 2, ella se celebrará bajo la modalidad de video conferencia en
plataforma Zoom. El día fijado para la audiencia, presione el link que se adjunta a continuación
para acceder a la agenda de ese día, donde podrá encontrar y acceder a su sala virtual. Pinche
aquí para acceder a la agenda. La audiencia preparatoria -por videoconferencia- se celebrará con
las partes que asistan el día y hora señalados, afectándole a la que no concurra, todas las
resoluciones que se dicten en ella, sin necesidad de ulterior notificación. En caso de que alguna
de las partes tenga impedimento para acceder a la plataforma, conservará su derecho a concurrir
personalmente al tribunal, para el solo efecto de participar en la audiencia virtual, desde los
módulos que estarán habilitados para su realización. Para tal efecto, la parte que tenga dicha
necesidad deberá requerirlo con 48 horas de anticipación vía telefónica en horario de atención
del Tribunal, de lunes a viernes de 08:00 a 16:00 al 229157000. Las partes deberán presentar a
través de la Oficina Judicial Virtual la prueba documental debidamente digitalizada en formato
pdf y minuta de toda la prueba que será ofrecida. Para tales efectos se fija un plazo de cinco días
hábiles de anticipación a la audiencia, en los términos del artículo 435 inciso final del Código del
Trabajo. En esta audiencia las partes deberán señalar todos los medios de prueba que pretendan
hacer valer en la audiencia oral de juicio, como así también requerir las diligencias de prueba
atinentes a sus alegaciones, a fin de examinar su admisibilidad, aportando en dicha oportunidad
correo electrónico de la institución a la cual se pretende oficiar. En caso de presentar prueba
documental, y atendida la actual modalidad de trabajo del tribunal, se insta a las partes a
digitalizar la prueba documental que hayan de ofrecer a fin de propiciar la gestión de la audiencia
vía plataforma zoom, en su oportunidad. Para tal objeto, y dando cumplimiento a lo dispuesto en
el artículo 12 del Auto Acordado N° 53 de la Excma. Corte Suprema, con el fin de facilitar las
comunicaciones y notificaciones que se deban producir en la presente causa durante el período
de excepción constitucional, las partes deberán indicar indistintamente un número de teléfono
celular y/o correo electrónico que permita su contacto expedito, dentro de tercero día, bajo
apercibimiento de aplicar a su respecto las normas generales de notificación. El demandado
deberá contestar la demanda por escrito, con a lo menos cinco días hábiles de antelación
(completos), a la fecha de celebración de la audiencia preparatoria, la que tendrá lugar con las
partes que asistan, afectándole a aquella que no concurra todas las resoluciones que se dicten en
ella, sin necesidad de ulterior notificación. Ante la eventual presentación de testigos, los
abogados deberán aportar los correos electrónicos de los mismos, para su eventual citación si así
fuere pedido al tribunal. Se hace presente a las partes que en el evento de concurrir a la audiencia

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