AGRICOLA Y FORESTAL L&V SpA - 7 de Octubre de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 947151229

AGRICOLA Y FORESTAL L&V SpA

Número de registroCVE-2387816
Fecha de publicación07 Octubre 2023
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta43.671
CVE 2387816 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.671 | Sábado 7 de Octubre de 2023 | Página 1 de 2
Empresas y Cooperativas
CVE 2387816
EXTRACTO
FELIPE SAN MARTÍN SCHRÖDER, Notario Titular de la 2° Notaría de Puerto Montt,
con oficio en Urmeneta 414, certifico: Por escritura pública de fecha 27 septiembre de 2023,
Repertorio N° 8816-2023, ante mí: don RODRIGO GONZALO VENEGAS VALENZUELA,
chileno, casado, factor de comercio, cédula de identidad número doce millones diecisiete mil
seiscientos treinta y seis guion seis y don ELIAS EDUARDO LAZCANI SALAZAR, chileno,
soltero, agricultor, cédulas de identidad número catorce millones doscientos veintisiete mil
quinientos sesenta y cuatro guion tres, ambos domiciliados para estos efectos en calle O’Higgins
ciento sesenta y siete oficina setecientos uno dela ciudad y comuna de Puerto Montt. Los
comparecientes mayores de edad y con libre administración de sus bienes, quienes acredita su
identidad con las cédulas antes citada, y estando bajo fe de juramento expone: Que, por el
presente acto y mediante este instrumento, Los compareciente vienen en constituir una Sociedad
por Acciones, en adelante también denominada la “Sociedad”, la que se regirá por las
estipulaciones que siguen, las que forman el estatuto social; supletoriamente a éstas por las
normas legales pertinentes del Párrafo ocho del Titulo VII del Libro II del Código de Comercio;
y en el silencio de ambas, por las normas aplicables a las sociedades anónimas cerradas
establecidas en la Ley número dieciocho mil cuarenta y seis y el reglamente de dicha ley, fijado
por Decreto Supremo número quinientos ochenta y siete de mil novecientos ochenta y dos del
Ministerio de Hacienda, y sus correspondientes modificaciones. La razón social de la sociedad:
Será “AGRICOLA, GANADERA, FORESTAL E INVERSIONES L&V SpA”, pudiendo usar
como nombre de fantasía ante instituciones públicas y privadas, bancos e instituciones
financieras indistintamente a la razón social el de “AGRICOLA Y FORESTAL L&V SpA”. El
objeto de la sociedad será: La Sociedad tendrá por objeto desarrollar, directamente o por
intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, las siguientes actividades: El
objeto de la presente sociedad es el de a) Celebrar actividades agrícolas, ganaderas y forestales,
tanto en bienes propios o de terceros, la compra, venta y adjudicaciones de todo tipo de bienes
sean estos bienes raíces o bienes muebles, compra y venta de derechos y acciones de todo tipo,
tanto de personas naturales como jurídicas, la compra y venta de derechos litigiosos o
hereditarios que conlleven una inversión para la sociedad; b) La siembra, plantación y cultivos de
todos los tipos de frutos que deriven de la tierra, y en especial la plantación, cultivo y cosecha de
árboles frutales cualquiera sea su especie, la siembra cultivo y cosecha de cualquier tipo de
granos, cereales, camotes, tubérculos y cualquier tipo de verduras sean estos sembrados en
potreros abiertos o invernaderos. La plantación de árboles Nativos o exóticos, sean estos con
fines de explotación u ornamentales. La venta dentro o fuera del país, de los productos o
subproductos que deriven de las actividades antes señaladas. c) Dar en arriendo, comodato,
usufructo o anticresis los bienes que compongan el patrimonio social, la compra, venta y
arriendo de todo tipo de vehículos motorizados sean estos propios o ajenos y en especial la
compra, venta y arriendo de maquinaria pesada que tenga relación directa con el cultivo y
movimiento de tierra, a modo de ejemplo; Tractores, excavadoras, retroexcavadoras, camiones,
camionetas, tractores, niveladoras rodillos, etcetera. d) La subdivisión o parcelación de bienes
raíces rurales, movimiento de tierra, urbanización de cualquier tipo de terreno comprendiendo
esto, las instalaciones de acueductos, gaseoductos, alcantarillados y electrificación tanto
subterránea como aérea, compactaciones y estabilizado de todo tipo de superficies, además de
efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y/o negocios por cuenta propia o ajena, relativos
a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación,
comercialización y/o administración. f) La compraventa de toda clase de bienes raíces o
muebles; la construcción, instalación y explotación de todo tipo de fábricas, manufacturas,
almacenes, tiendas y otros establecimientos semejantes; g) La ejecución, gestión y explotación
de toda clase de negocios o actividades de carácter inmobiliario, por cuenta propia y/ ajena, tales
como la compra, venta, permuta, arrendamiento, leasing, subarrendamiento, consignación,

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