Ingreso de proyecto .
Fecha | 07 Junio 2022 |
Etapa | Primer trámite constitucional / C.Diputados |
Modifica la ley N° 20.422, que Establece normas sobre
igualdad de oportunidades e inclusión social de personas con
discapacidad, en el sentido de establecer una definición de
discapacidad Psicosocial, que resguarde la dignidad de
quienes padecen trastornos del espectro autista.
Considerando:
Los Trastornos del Espectro Autista, según la versión del
manual de Diagnóstico DSM-V, así como el Asperger y Trastorno
generalizado del desarrollo, fueron integrados en un solo
diagnóstico llamado “Trastorno del espectro Autista” (TEA).
Fundamentalmente el criterio de este trastorno radica en el
deterioro considerable de la capacidad para establecer
comunicaciones interpersonales y desde allí se pueden
establecer los criterios diagnósticos dependiendo del nivel
de gravedad y capacidad de autonomía de la persona.
Si consideramos que el Trastorno del espectro autista es una
alteración de grado con carácter variable en la relación
social del individuo, fundamentada y originada en la carencia
de bases neurocognitivas necesarias para entender los estados
y procesos mentales de otras personas, interpretar las
conductas sociales no-verbales de la gente con la que
interactúan, es una clara señal de que debemos entregar por
medio de la ley a fin generar lineamientos de ayuda y no
crear barreras indirectas entre ellos y el resto de la
sociedad.
07-06-2022
09:22
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba