Ingreso de proyecto . - Proyectos de Ley (Expresiones) - Iniciativas legislativas - VLEX 914498850

Ingreso de proyecto .

Fecha23 Noviembre 2016
EtapaPrimer trámite constitucional / C.Diputados



Modifica el Código Sanitario para regular la actividad de nutricionistas y la prestación de servicios profesionales relacionados con la nutrición


Boletín N°10991-11

Al

Presidente de la

H. Cámara de Diputados

de la República


Considerando:


1. Que, las disposiciones contenidas en la Ley Nº 20.606, de 2012, sobre Composición Nutricional de los Alimentos y su Publicidad, hacen necesario aplicar esta regulación en los establecimientos de educación parvularia, básica y media, en relación a lo dictaminado por su artículo cuarto, el cual mandata que se deberán incluir, en todos sus niveles y modalidades de enseñanza, actividades didácticas y físicas que contribuyan a desarrollar hábitos de una alimentación saludable y adviertan sobre los efectos nocivos de una dieta excesiva en grasas, grasas saturadas, azúcares, sodio y otros nutrientes cuyo consumo en determinadas cantidades o volúmenes pueden representar un riesgo para la salud.

2. Que, la evidencia científica demuestra la relación entre el consumo excesivo de grasas saturadas, sodio, azúcares y energía y el desarrollo de obesidad y otras enfermedades no transmisibles.

3. Que, 1 de cada 8 muertes se relaciona con el excesivo consumo de sodio, mientras que, 1 persona obesa muere por hora en Chile.

4. Que, solamente el 5,3% de la población cumple con un índice de alimentación saludable, mientras que el resto de ella requiere cambios.

5. Los Nutricionistas al presente año cuentan con 77 años de existencia al servicio de la las personas y comunidades en Chile, los cuales como parte de la estrategia de salud pública de la época se insertan en los servicios de atención primeria de salud contribuyendo a erradicar la desnutrición del país.


6. Su formación Universitaria, se ha basado históricamente en ciencias de los alimentos, biológicas, de salud y humanas, entre otras, para ejercer la nutrición, dietética y dietoterapia, para la promoción, prevención y tratamiento de la salud.

7. Que, en razón de lo anterior, se hace necesario generar una modificación al Código sanitario para la inclusión de esta profesión de la salud.


Proyecto de ley:


Art. Único: Modifíquese el Código Sanitario en el siguiente sentido:

a.- En su artículo 112, inciso primero, intercálese, entre las expresiones “odontología” y “química y farmacia”, la expresión “nutrición”.


b.- En su artículo 112, elimínese la frase “u otras relacionadas con la conservación y restablecimiento de la salud”


c.- En su artículo 113, inciso primero, intercálese entre las expresiones “tratamiento” y “en pacientes” la palabra “médico”


d.- En su artículo 113, agréguense los siguientes incisos finales:


Los servicios profesionales de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR