Sentencia nº Rol 4853-18 de Tribunal Constitucional, 30 de Enero de 2019 - Jurisprudencia - VLEX 856684554

Sentencia nº Rol 4853-18 de Tribunal Constitucional, 30 de Enero de 2019

Fecha30 Enero 2019

S., treinta de enero de dos mil diecinueve.

VISTOS:

Con fecha 8 de junio de 2018, Jos? A.H.G., ha presentado un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del inciso segundo del art?culo 1? de la Ley N? 18.216, en el proceso penal RUC N? 1800191341-3, RIT N? 1661-2018, seguido ante el 11? Juzgado de Garant?a de S..

S?ntesis de la gesti?n pendiente

En relaci?n con la gesti?n judicial en que incide el requerimiento, el requirente refiere que, a la fecha de ser deducido el requerimiento, se encontraba formalizado por delitos de tr?fico de drogas en peque?as cantidades y tenencia ilegal de municiones.

Conflicto constitucional sometido al conocimiento y resoluci?n del Tribunal

??????????????? La parte requirente enuncia que los preceptos reprochados contravienen el art?culo 1? de la Constituci?n Pol?tica. Al establecer que las personas nacen libres e iguales en dignidad y derechos, se tiene que ning?n ser humano es m?s que otro, dado que la igualdad como valor constitucional se torna en una opci?n ?tico social b?sica que el Estado debe propugnar y concretar, cuesti?n que no se materializar?a al establecer la pena privativa de libertad como ?nica opci?n a aplicar por el juzgador oral.

??????????????? Acto seguido, la aplicaci?n de las normas contraviene el principio de igualdad ante la ley, establecido en el art?culo 19, numeral 2?, constitucional, concretizado en el valor de la no discriminaci?n. Se proh?be la existencia de estatutos legales con derechos y obligaciones diferentes atendiendo a consideraciones de car?cter estrictamente personal, que no descansen en la razonabilidad como est?ndar fundante, valores todos que se enlazan con los art?culos 1.1 y 24 de la Convenci?n Americana sobre Derechos Humanos.

??????????????? En tercer lugar, desde el art?culo 19, numeral 3?, inciso sexto, de la Constituci?n, el actor expone que las normas reprochadas atentan contra el derecho de toda persona a un procedimiento racional y justo, en cuanto ?ste debe basarse en penas proporcionales con una adecuada correspondencia o adecuaci?n que debe existir entre la gravedad del hecho juzgado con la reacci?n penal del Estado. Conforme enuncia, la proporcionalidad de las penas se relaciona con la igualdad en la aplicaci?n del derecho.

??????????????? La norma del inciso segundo del art?culo 17 B de la Ley de Control de Armas, en el caso concreto, atenta contra el justo y racional procedimiento asegurado por la Constituci?n: limita al juez su capacidad jurisdiccional de actuar con justicia seg?n dos elementos basales en cualquier sentenciador penal al momento de efectuar su trabajo culmine: determinar la pena, esto es, ponderar los antecedentes del caso, y las caracter?sticas del sujeto penalmente responsable.

Finalmente, se?ala,? que el precepto contenido en el art?culo 1?, inciso segundo, de la Ley N? 18.216, limita las facultades del juez de optar en fase de ejecuci?n, por la pena m?s id?nea en consideraci?n del caso concreto, de una forma no permitida por la Carta Fundamental.

??????????????? Por estas consideraciones, solicita...

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