Dictamen nº 8363 de Contraloría General de la República, de 12 de Febrero de 2010 - Doctrina Administrativa - VLEX 238570962

Dictamen nº 8363 de Contraloría General de la República, de 12 de Febrero de 2010

N° 8.363 Fecha: 12-II-2010

Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Ana María Cancino Moreira, funcionaria del Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente, con desempeño en el Complejo Asistencial Dr. Sótero del Río, para solicitar un pronunciamiento que determine si tiene derecho a percibir un cuarto bienio, considerando el tiempo servido en dicho establecimiento.

Sobre el particular, cabe señalar que el artículo 6° del decreto ley N° 249, de 1973, sustituido por el artículo 5° del decreto ley N° 1.607, de 1976, dispone que la asignación de antigüedad se concederá a los trabajadores de planta y a contrata por cada dos años de servicios efectivos en un mismo grado y se devengará automáticamente el primero del mes siguiente a aquél en que se hubiere cumplido el bienio respectivo. Añade que su monto se determinará calculando un 2% sobre el sueldo del grado, con un límite de treinta años.

Precisado lo anterior y de acuerdo a los antecedentes tenidos a la vista, se debe indicar que la recurrente fue reincorporada al citado Servicio de Salud, por medio de la resolución N° 2.176, de 2001, a contar del 5 de diciembre de esa misma anualidad, por lo que tuvo derecho a percibir un bienio a contar del 5 de diciembre de 2003, un segundo bienio, el 5 de diciembre de 2005, un tercer bienio desde el 5 de diciembre de 2007 y el cuarto, a contar del 5 de diciembre de 2009.

En este contexto...

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