Sentencia de Tribunal R. Metropolitana. Tercero, 23 de Mayo de 2019 - Jurisprudencia - VLEX 794901305

Sentencia de Tribunal R. Metropolitana. Tercero, 23 de Mayo de 2019

Ruc15-9-0001251-6
Fecha23 Mayo 2019
RicGR-17-00214-2015
EmisorTribunal R. Metropolitana. Tercero (Chile)

PA

WIENER STRAUSS con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS ORIENTE

RUC: 15-9-0001251-6.

RIT: GR-17-00214-2015.

En Providencia, a veintitrés de mayo de dos mil diecinueve.

VISTOS:

El escrito de fecha 02.10.2015, mediante el cual don G.J.S.E., en representación convencional de don ROBERTO WIENER STRAUSS, del giro: Servicios Médicos en forma independiente, con domicilio en Avda. Apoquindo 3990, oficina 1103, Las Condes, Región Metropolitana, deduce Reclamo en contra de la Liquidación N° 215000000781, de fecha

25.06.2015, notificada el 13 de julio de 2015, por concepto de Impuesto Global Complementario AT 2012, dictada por la XV DIRECCIÓN REGIONAL METROPOLITANA SANTIAGO ORIENTE DEL SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS, representada legalmente por don C.F.S.T., Director Regional Santiago Oriente según Resolución TRA. N° 246/1758/2015, de fecha 30.10.2015, ambos domiciliados en calle General del Canto N° 281, piso 10, oficina 1.003, Comuna de Providencia, Región Metropolitana.

R. en autos:

A fs. 1 a 14, comprobante de distribución de causa; documentos acompañados por la reclamante: copia simple de la Liquidación N°215000000781, de fecha25.06.2015; copia autorizada de cédula de identidad de don G.J.S.E.; y copia autorizada de mandato judicial amplio de don R.F.W.S. a don G.J.S.E., reducida a escritura pública con fecha 01.10.2015; presuma; escrito de

reclamo, resolución del Tribunal que lo provee, confiere traslado y su correspondiente testimonio de notificación.

A fs. 15 a 26, copia simple de Declaración de Impuesto a la Renta, Formulario 22 AT 2012; escrito de la parte reclamante de acompaña documento; Resolución TRA N° 246/1758/2015, de fecha 30.10.2015; escrito de la reclamada en el cual asume representación, acompaña documento, solicita aviso por correo electrónico, se tenga presente, confiere patrocinio y poder; resolución del Tribunal que provee los escritos anteriores y testimonio de su notificación.

A fs. 27 a 33 , escrito de evacúa traslado, medios de prueba y solicita aviso por correo electrónico; resolución del Tribunal que los provee y testimonio de su notificación.

A fs. 34 a 37, Resolución TRA N° 246/1758/2015, de fecha 30.10.2015; escrito de la reclamada en el cual confiere patrocinio y poder, se tenga presente, acompaña documento, se tenga presente y revoca patrocinio y poder; resolución del Tribunal que lo provee y testimonio de su notificación.

A fs. 38 a 40, escrito de la parte reclamante de delega poder; resolución del Tribunal que la provee y testimonio de su notificación.

A fs. 41 a 43, escrito de la parte reclamada de delega poder; resolución del Tribunal que la provee y testimonio de su notificación.

A fs. 44 a 45, resolución del Tribunal que dicta Autos para Fallo y testimonio de su notificación.

Con lo relacionado y,

CONSIDERANDO:

PRIMERO

Que, en su escrito de fecha 02.10.2015, el reclamante interpone reclamo en procedimiento general de reclamaciones en contra de la Liquidación N°215000000781, de fecha 25.06.2015, solicita se deje sin efecto la

liquidación reclamada en todas sus partes, por los fundamentos de hecho y de derecho que a continuación indica:

  1. - Señala que la liquidación que reclama ésta basada en un error de hecho del SII, al haberse efectuado un agregado por $ 40.058.249 en el Código 110, Formulario 22, F.N.° 222421372, AT 2012, monto que se encontraba declarado, lo que produciría una duplicidad de tributación.

  2. – Agrega que la base imponible de Global Complementario correspondiente a su Declaración de Renta AT2012, fue de $ 56.735.993 e incluyó en la línea 5, Código 109, la suma de $ 40.058.249, misma cantidad que el Servicio agregó en la base imponible de la liquidación que se reclama.

Por último, señala su petición concreta que es: la de dejar sin efecto en todas sus partes la liquidación reclamada al no existir diferencia alguna a liquidar.

SEGUNDO

Que, en su escrito de evacúa traslado, el Servicio de Impuestos Internos, solicita el rechazo íntegro del reclamo, se confirme la liquidación reclamada y la condena en costas a la reclamante, por los antecedentes y fundamentos que a su juicio, justifican el rechazo del reclamo:

  1. Los Hechos. -

    1.1...

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