Dictamen nº 740 de Contraloría General de la República, de 11 de Enero de 1990 - Doctrina Administrativa - VLEX 239429366

Dictamen nº 740 de Contraloría General de la República, de 11 de Enero de 1990

opcion contemplada en ley 18196 art/2 tran, no se refiere a la mantencion del regimen de empleado publico del personal traspasado, el que sigue invistiendo la condicion de funcionario publico mientras se desempene en unidades dependientes de la municipalidad, sino que se relaciona exclusivamente con el derecho para conservar el regimen previsional que tenian tales servidores a la epoca del traspaso. asi, esta opcion corresponde unicamente a funcionarios que al traspaso estaban afiliados a la ex canaempu. por ende, el personal que al traspasarse ya se habia incorporado a una afp, carece del derecho analizado y no esta, en absoluto, afecto a ley 18196 art/2 tran, debiendo regirse integramente en lo previsional por normas del sector privado, siendo inaplicable a su respecto norma sobre imponibilidad contemplada en esa norma. servidores que ejercieron opcion comentada y que posteriormente se incorporan al regimen del dl 3500/80, mantienen algunos beneficios previsionales, no/jubilatorios, que los regian anteriormente, como el derecho al sueldo en caso de licencias y la proteccion estatutaria en accidentes en actos del servicio. tambien regla sobre imponibilidad referida es inaplicable a dicho personal, ya que este se ha desvinculado definitivamente del regimen de la ex caja indicada. funcionarios que no ejercieron la opcion por estar a la fecha del traspaso afiliados...

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