Sentencia nº Rol 4515-18 de Tribunal Constitucional, 7 de Mayo de 2018 - Jurisprudencia - VLEX 716898593

Sentencia nº Rol 4515-18 de Tribunal Constitucional, 7 de Mayo de 2018

Fecha07 Mayo 2018

Santiago, siete de mayo de dos mil dieciocho.

VISTOS:

Con fecha 22 de marzo de 2018, I.A.S.M., ha presentado un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del inciso segundo del artÃculo 1° de la Ley Nº 18.216, en el proceso penal RUC N° 1500284764-4, RIT N° 745-2017, seguido ante el 6° Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago.

S. de la gestión pendiente.

En relación con la gestión judicial en que incide el requerimiento, el actor expone que se sustancia causa penal en su contra ante el 6° Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, verificándose con fecha 29 de marzo de 2018 sentencia condenatoria en su contra, la que fue certificada como ejecutoriada el dÃa 10 de abril del mismo año.

Conflicto constitucional sometido al conocimiento y resolución del Tribunal.

La parte requirente enuncia que los preceptos reprochados contravienen el artÃculo 1° de la Constitución PolÃtica. Al establecer que las personas nacen libres e iguales en dignidad y derechos, se tiene que ningún ser humano es más que otro, dado que la igualdad como valor constitucional se torna en una opción ético social básica que el Estado debe propugnar y concretar, cuestión que no se materializarÃa al establecer la pena privativa de libertad como única opción a aplicar por el juzgador oral.

Acto seguido, la aplicación de las normas contraviene el principio de igualdad ante la ley, establecido en el artÃculo 19, numeral 2°, constitucional, concretizado en el valor de la no discriminación. Se prohÃbe la existencia de estatutos legales con derechos y obligaciones diferentes atendiendo a consideraciones de carácter estrictamente personal, que no descansen en la razonabilidad como estándar fundante, valores todos que se enlazan con los artÃculos 1.1 y 24 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

En tercer lugar, desde el artÃculo 19, numeral 3°, inciso sexto, de la Constitución, el actor expone que las normas reprochadas atentan contra el derecho de toda persona a un procedimiento racional y justo, en cuanto éste debe basarse en penas proporcionales con una adecuada correspondencia o adecuación que debe existir entre la gravedad del hecho juzgado con la reacción penal del Estado. Conforme enuncia, la proporcionalidad de las penas se relaciona con la igualdad en la aplicación del derecho.

Finalmente, señala, que el precepto contenido en el artÃculo 1°, inciso segundo...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR